Resolución 00738, por la cual se reconoce personería jurídica a la agremiación pensional denominada "Asociación Regional de Pensionados del Banco de la República, Arpenbre" - 20 de Mayo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43136993

Resolución 00738, por la cual se reconoce personería jurídica a la agremiación pensional denominada "Asociación Regional de Pensionados del Banco de la República, Arpenbre"

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Número de Boletín44011

DIARIO OFICIAL 44.011 RESOLUCIÓN 00738 04/10/1999 por la cual se reconoce personería jurídica a la agremiación pensional denominada "Asociación Regional de Pensionados del Banco de la República, Arpenbre". El jefe de la División Empleo y Seguridad Social Regional Atlántico, en ejercicio de las facultades que le confiere, la Ley 43 de 1984, el Decreto Reglamentario 1654 de 1985 y el Decreto 1741 de 1993, y CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva Asociación Regional de "Pensionados del Banco de la República", con domicilio en esta ciudad departamento del Atlántico, ha solicitado a este Ministerio y Seguridad Social por conducto de la Dirección Regional de Trabajo, se le reconozca personería jurídica; Que la documentación allegada para el efecto cumple con lo dispuesto por la Ley 43 de 1984, y su Decreto Reglamentario 1654 de 1985; Que este Despacho impartió aprobación previa a los Estatutos de la agremiación pensional mediante Resolución número 00533 de agosto 17 de 1999; En mérito a lo expuesto este Despacho, RESUELVE: Artículo 1°. Reconocer personería jurídica a la Asociación Regional de Pensionados del Banco de la República organización pensional de primer grado, con domicilio en esta ciudad, departamento del Atlántico. Artículo 2°. Ordenar la inscripción de la Junta Directiva de la agremiación pensional denominada Asociación Regional de Pensionados del Banco de la República. Artículo 3°. Comunicar que para los efectos legales, esta resolución una vez ejecutoriada, deberá ser publicada en el Diario Oficial, la cual se acreditará ante este despacho. Artículo 4°. Notifíquese, el contenido del presente proveído al Presidente de la Asociación Regional de Pensionados del Banco de la República, por conducto de la Secretaría de esta Dirección de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Código...

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