Resolución 01105, por la cual se suspenden unos términos - 11 de Marzo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43219985

Resolución 01105, por la cual se suspenden unos términos

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín45847

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° del Decreto 260 de 2004, y en concordancia con el artículo 121 del Código de Procedimiento Civil, artículo 36 del Decreto 2150 de 1995 y artículo 138 del Decreto 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Circular de fecha 22 de febrero de 2005, el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, Aerocivil, comunicó la compensación de los días 22 y 23 de marzo de 2005, días de Semana Santa, los cuales deben ser compensados los días sábado 5 y 12 de marzo de 2005, haciendo la salvedad en las áreas que prestan el servicio bajo la modalidad de turnos;

Que en el Grupo de Investigaciones Disciplinarias adscrito a la Secretaría General, se adelantan procesos dentro de los cuales están establecidos los términos de ley conforme a la Ley 734 de 2002;

Que el artículo 121 del Código de Procedimiento Civil, establece: "En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho...";

Que el Decreto 2150 de 1995, en su artículo 36, manifiesta: "Para conceder vacaciones colectivas bastará la autorización de los ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, directores de establecimientos públicos, gerentes de empresas industriales y comerciales y los jefes de unidades administrativas especiales";

Que el artículo 138 del Decreto 262 de 2000, establece: "Días de vacancia. Para todos los efectos legales los días de vacancia son: Los sábados, domingos, los días festivos, cívicos o religiosos que determina la ley, los de Semana Santa y el día judicial." (Negrilla fuera de texto);

Que la segunda instancia de los procesos adelantados por el Grupo de Investigaciones Disciplinarias está a cargo de Nominador de la Aerocivil, donde también corren términos para resolver los recursos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR