RESOLUCION 0142 RD 5535 - 17 de Febrero de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 560434662

RESOLUCION 0142 RD 5535

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5535 17 FEBRERO 2015
EmisorREGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5535 • pP. 1-1 • 2015 • FEBRERO 17
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5535
2015 FEBRERO 17
RESOLUCIONES DE 2015
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. -
SECRETARIA GENERAL
Resolución Número 106
(Febrero 16 de 2015)
“Por la cual se hace un nombramiento”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las conferidas en el Decreto 101 de
2004.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, a la doc-
tora MARÍA FERNANDA BERMEO FAJARDO, iden-
ticada con la cédula de ciudadanía Nro. 52.409.833,
en el cargo de Asesor Código 105 Grado 05 de la Se-
cretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 2º-: Noticar a la doctora MARÍA FERNAN-
DA BERMEO FAJARDO, el contenido de la presente
Resolución, a través de la Subdirección de Gestión
Documental de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Ta-
lento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente
Resolución, a través de la Subdirección de Gestión
Documental de la misma Secretaría, para los trámites
legales correspondientes.
ARTÍCULO 4º-: La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días dle
mes de febrero de dos mil quince (2015).
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Resolución Número 0142
(Febrero 12 de 2015)
Por la cual se designan los Jurados de Votación
para las elecciones de Jueces y Juezas de Paz y
de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital,
que se realizarán el día 01 de marzo de 2015
LOS REGISTRADORES DISTRITALES DEL ESTA-
DO CIVIL,
en ejercicio de sus funciones legales y reglamen-
tarias especialmente las conferidas en el artículo
41 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral
Colombiano), el Decreto No 1010 de 2000, la Re-
solución No 2543 de 2003 expedida por el Con-
sejo Nacional Electoral, el Decreto 466 de 2014
expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y
CONSIDERANDO:
sagró la posibilidad que “Los particulares pueden ser
investidos transitoriamente de la función de administrar
justicia en la condición de jurados en las causas crimi-
nales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por
las partes para proferir fallos en derecho o en equidad,
en los términos que determine la ley” y el artículo 247
ibídem dirió a la Ley la creación de los Jueces de Paz.
Que el numeral 12 del Artículo 41 del Decreto 2241 de
1986 (Código Electoral Colombiano), establece como
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5535 • pP. 1-2 • 2015 • FEBRERO 17
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función de los Registradores Distritales del Estado Civil
nombrar los jurados de votación.
Que el artículo 105 ibídem establece el siguiente
tenor: “El cargo de jurado de votación es de forzosa
aceptación, y la noticación de tales nombramientos
se entenderá surtida por la sola publicación o jación
en lugar público de la lista respectiva, que hará el
Registrador del Estado Civil o su delegado diez (10)
días calendario antes de la votación.”
Que en desarrollo del citado Precepto Constitucional,
se expidió la Ley 497 del 10 de febrero de 1999 “Por
la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su
organización y funcionamiento”, la cual en el Artículo
11, inciso 4, facultó al Consejo Nacional Electoral para
reglamentar la votación de los Jueces de Paz y Jueces
de Paz de Reconsideración.
Que el Consejo Nacional Electoral mediante Resolu-
ción No 2543 del 04 de junio de 2003 “Por la cual se
reglamenta el proceso de votación para la elección de
Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración
y se derogan unas disposiciones” determinó en el
Artículo 5º lo siguiente:
“Para las elecciones de Jueces de Paz y Jueces de
Paz de Reconsideración, los jurados de votación
serán designados por los respectivos Registra-
dores Municipales o Distritales del Estado Civil,
de listas previamente solicitadas a las entidades
públicas, privadas, y establecimientos educativos.
Estos últimos deberán ser ciudadanos con grado
de educación secundaria, no inferior a décimo
(10) grado. Como mínimo se designarán dos (2)
jurados para cada mesa de votación, sin que sea
necesario tener en cuenta la liación política de
éstos.
Los candidatos a Jueces de Paz y Jueces de Paz
de Reconsideración, sus cónyuges o parientes
hasta el segundo grado de consanguinidad o de
anidad o primero civil, no podrán ser jurados de
votación, miembros de comisiones escrutadoras
o Secretarios de estas, dentro de la respectiva
circunscripción electoral, tal como lo señala el
inciso 1º del artículo 151 del Código Electoral.”
Que mediante Acuerdo 552 del 21 de mayo de 2014
“POR MEDIO DE LA CUAL SE CONVOCA A ELEC-
CION DE JUECES DE PAZ Y RECONSIDERACION
EN BOGOTA DISTRITO CAPITAL Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES” el Concejo de Bogotá D.C.
convocó a Elecciones de Jueces y Juezas de Paz y de
Reconsideración en Bogotá Distrito Capital.
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. mediante De-
creto No 466 del 17 de octubre de 2014 “Por el cual
se reglamenta la elección de los Jueces de Paz y de
Reconsideración en Bogotá Distrito Capital” estableció
como fecha de elecciones de Jueces y Juezas de Paz
y de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital, el 01
de marzo de 2015. Así mismo, dispuso en el Artículo
10º lo siguiente:
“El cargo de jurado de votación es de forzosa
aceptación.
La Registraduría Distrital del Estado Civil solicitará
previamente a la Secretaría de Educación Distrital
los listados del cuerpo de profesores propuestos
como jurados de votación con el n de ser desig-
nados por la Registraduría Distrital.
La Registraduría Distrital del Estado Civil realizará
el sorteo y designación de los jurados de votación
a razón de dos (2) por cada mesa.
A las personas que sin justa causa no concurran a
desempeñar las funciones de jurados de votación,
las abandonen o no suscriban los documentos
electorales, se les aplicarán las sanciones corres-
pondientes, de conformidad con lo dispuesto en
el Código Electoral y sus normas reglamentarias.
Parágrafo 1°. Los jurados de votación tendrán
derecho a un (1) día compensatorio de descanso
remunerado dentro de los cuarenta y cinco (45)
días siguientes a la votación, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 105 del Código Electoral.
Parágrafo 2°. Los candidatos a Jueces de Paz y a
Jueces de Paz de Reconsideración, sus cónyuges
o parientes hasta el segundo grado de consan-
guinidad o de anidad o primero civil, no podrán
ser jurados de votación, miembros de comisiones
escrutadoras o secretarios de éstas, dentro de la
respectiva circunscripción electoral, tal como lo
señala el artículo 151 del Código Electoral.”
Que el día 12 de febrero del presente año a las 15:00
horas, tal y como consta en la respectiva Acta se reu-
nieron en las instalaciones de la Registraduría Distrital
del Estado Civil, ubicada en la Carrera 8 No 12B-31
Piso 12 Sala de Juntas, los Señores Registradores
Distritales del Estado Civil, el Dr. Alberto García Parra,
Representante de la Procuraduría Primera Distrital
de Bogotá D.C., Dr. Gabriel Nieto Gómez, represen-
tante de la Procuraduría Delegada en lo Electoral, Dr.
Hernando Villalba Ortiz, Coordinador de Personerías
Locales de Bogotá D.C., Dra. María Mercedes Ocam-
po, Profesional de la Personería de Bogotá D.C. y
Dr. Jorge Eduardo Alzate Tibaquira, funcionario de la
Dirección de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia
de la Secretaría Distrital de Gobierno de la Alcaldía
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5535 • pP. 1-3 • 2015 • FEBRERO 17
Mayor de Bogotá D.C. para la realización del Sorteo y
Selección de Jurados de Votación para las Elecciones
de Jueces y Juezas de Paz y de Reconsideración en
la Ciudad de Bogotá D.C.
Que de conformidad con lo anteriormente expuesto,
RESUELVEN:
ARTÍCULO PRIMERO: Designar como Jurados de
Votación para las elecciones de Jueces y Juezas de
Paz y de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital,
que se realizarán el día 01 de marzo de 2015, a los
siguientes ciudadanos en las mesas y cargos que a
continuación se señalan:
Cédula Apellidos y Nombres Zona Puesto Mesa Cargo Nombre Puesto Ubicación Puesto Dirección Puesto
39.639.381 RINCON DAVILA LUZ
ENEIDA 12 0 REMANENTE La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
45.451.729 QUIROZ DE GOMEZ
LUCIA EDITH 12 0 REMANENTE La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
79.837.982 NOVOA ZAIDIZA LUIS
CARLOS 12 0 REMANENTE La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
52.225.770 AVILA AVILA THANIA
JHOVANNA 121PRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
41.719.185 OTALORA GARCIA
MARTHA MARGOTH 121VICEPRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
31.374.160 MUNERA SUAREZ
MARIELA DE JESUS 12 2 PRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
51.704.322 SANCHEZ MARTINEZ
ANA PATRICIA 12 2 VICEPRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
39.154.859 VARGAS CARDOZO
CAROLINA 12 3 PRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
23.994.465 CUBIDES CUBIDES
LEONOR 12 3 VICEPRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
39.794.483 MORENO VANEGAS
CLAUDIA PATRICIA 12 4 PRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
28.487.067 GONZALEZ
CAMACHO MARITZA 12 4 VICEPRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
41.681.183 TENJO TENJO ANA
ELSA 12 5 PRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
80.136.239 LOZANO ALFONSO
EDGAR ARTURO 12 5 VICEPRESIDENTE
PRINCIPAL La Cita Centro de Atención
Distrital Especializado
Servita
Calle 165 No.
7 - 38
Cedula Apellidos y Nombres Zona Puesto Mesa Cargo Nombre Puesto Ubicación Puesto Dirección Puesto
11.333.628 CHINCHILLA
GUTIERREZ VICTOR
JAIRO
14 0 REMANENTE El Verbenal II
Sector Colegio Distrital Aquileo
Parra Carrera 18 A No.
187 - 71
39.688.543 ACERO ARAQUE
ALEJANDRINA 14 0 REMANENTE El Verbenal II
Sector Colegio Distrital Aquileo
Parra Carrera 18 A No.
187 - 71
52.799.695 RUBIANO LIBREROS
LILIANA 141PRESIDENTE
PRINCIPAL El Verbenal II
Sector Colegio Distrital Aquileo
Parra Carrera 18 A No.
187 - 71
52.991.602 SANTOS HIGUERA
ANDREA BIBIANA 141VICEPRESIDENTE
PRINCIPAL El Verbenal II
Sector Colegio Distrital Aquileo
Parra Carrera 18 A No.
187 - 71
40.016.430 GARCIA MALAVER
LINA MARIA 14 2 PRESIDENTE
PRINCIPAL El Verbenal II
Sector Colegio Distrital Aquileo
Parra Carrera 18 A No.
187 - 71
28.169.140 FRIAS VELASCO
SANDRA MILENA 14 2 VICEPRESIDENTE
PRINCIPAL El Verbenal II
Sector Colegio Distrital Aquileo
Parra Carrera 18 A No.
187 - 71
51.876.187 SOTELO JIMENEZ
SONIA STELLA 15 0 REMANENTE Lijaca Colegio Distrital Unión
Colombia - Sede B Calle 189 No.
7 - 05
52.817.550 HIGUERA BERNAL
ANGELICA MARIA 15 0 REMANENTE Lijaca Colegio Distrital Unión
Colombia - Sede B Calle 189 No.
7 - 05
79.795.168 MORENO ARANGO
LEONARDO 15 0 REMANENTE Lijaca Colegio Distrital Unión
Colombia - Sede B Calle 189 No.
7 - 05

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