Resolución 01624, por la cual se actualizan los precios para usuarios particulares del ICA y de la Biblioteca Agropecuaria de Colombia, BAC, por concepto de fotocopias, porte aéreo, Fax y medio magnético - 9 de Agosto de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43162777

Resolución 01624, por la cual se actualizan los precios para usuarios particulares del ICA y de la Biblioteca Agropecuaria de Colombia, BAC, por concepto de fotocopias, porte aéreo, Fax y medio magnético

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín44514

DIARIO OFICIAL 44.514 RESOLUCIÓN 01624 01/08/2001 por la cual se actualizan los precios para usuarios particulares del ICA y de la Biblioteca Agropecuaria de Colombia, BAC, por concepto de fotocopias, porte aéreo, Fax y medio magnético. El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en el artículo 20 del Acuerdo 035 de 1993 aprobado por el Decreto 2645 de 1993, y CONSIDERANDO: Que actualmente está, vigente el Convenio Especial de Cooperación entre el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, y la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria, Corpoica, para el manejo de la Biblioteca Agropecuaria de Colombia, BAC; Que se hace necesario actualizar anualmente los precios por venta de fotocopias, envíos aéreos, Fax y copias en medio magnético, así como la información bibliográfica autorizada, conforme a los cambios que sufran los costos del servicio; Que el ICA incurre en costos al prestar el servicio de fotocopiado y copias en medio magnético a usuarios particulares que lo requieran, RESUELVE: Artículo 1°. Los precios por la venta de información bibliográfica automatizada, serán los siguientes: Concepto Valor ($) De 1 a 10 referencias 2.300 De 11 a 20 referencias 4.700 De 21 a 30 referencias 7.000 De 31 a 40 referencias 8.800 De 41 a 50 referencias 11.800 Más de 50 referencias $11.800 más $130 por referencia adicional Parágrafo. Cuando la búsqueda de referencias demande un tiempo adicional (30 minutos), el precio de venta de la información tendrá un recargo a razón de $1.200 por cada cuarto de hora extra; valor que se liquidará sobre el precio base de que trata el artículo primero de la presente resolución. Artículo 2°. Insumantes. Se denomina Insumante aquella entidad pública o privada que envía ejemplares de sus publicaciones en forma regular a la Biblioteca Agropecuaria de Colombia, BAC, así como las que suministran la información de su institución para ser asumida por Agris. Artículo 3°. Las instituciones Insumantes y la Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria, Umatas, tendrán un descuento del 25% sobre los valores establecidos en el artículo primero de la presente resolución. Artículo 4°. Los programas ICA-Corpoica, tendrán un descuento del 50% sobre los valores establecidos en el artículo primero de la presente resolución. Artículo 5°. Los precios por la venta de fotocopia y medio magnético serán los siguientes: Concepto Valor...

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