Resolución 020, por la cual se ordena la baja y transferencia de dos bienes inmuebles adquiridos con recursos de los Proyectos FNR 16636 y 16637 del Fondo Nacional de Regalías. - 4 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214599

Resolución 020, por la cual se ordena la baja y transferencia de dos bienes inmuebles adquiridos con recursos de los Proyectos FNR 16636 y 16637 del Fondo Nacional de Regalías.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45691

El Gerente Liquidador (E) de la Empresa Nacional Minera Limitada en Liquidación, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 27, numeral 6 del Decreto 254 de 2004, el artículo 361 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 1º de la Ley 756 de 2002 y los artículos y de la Ley 708 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las funciones de autoridad minera que desarrollaba Minercol Ltda., se encontraba la de evaluar junto con los entes territoriales y las comunidades mineras, las necesidades del sector minero y concertar con ellos la realización de proyectos que les permitieran resolver sus principales dificultades;

Que una vez definido el proyecto, se sometía a consideración de la Comisión Nacional de Regalías quien autorizaba su financiación con recursos del Fondo Nacional de Regalías, asignando a Minercol la responsabilidad de ser el ente ejecutor;

Que en desarrollo de tales proyectos, se han adquirido bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales;

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 361, dispuso la creación del Fondo Nacional de Regalías, cuyos recursos serían destinados a las entidades territoriales. En desarrollo de ello se promulgó la Ley 756 de 2002, la cual estableció que los recursos del Fondo Nacional de Regalías son propiedad exclusiva de las entidades territoriales;

Que el doctor Luis Felipe Villegas Angel, Director Liquidador de la Comisión Nacional de Regalías, en Liquidación, en Oficio número 002857 del 4 de julio de 2004, radicado en Minercol el 9 de julio del 2004, conceptuó que "La titularidad de los bienes (muebles e inmuebles) adquiridos en virtud de la ejecución de proyectos financiados con recursos del Fondo Nacional de Regalías, corresponde a las entidades territoriales, a quienes se les aprobaron los proyectos y efectivamente le fueron transferidos los recursos del Fondo Nacional de Regalías";

Que el doctor Juan Carlos Zambrano, Subdirector de Regalías de la Dirección de Inversión y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación, en Oficio número DIFP-SR-412 del 9 de julio de 2004, expresó "que la titularidad de los bienes adquiridos por Minercol, en ejecución de proyectos financiados con recursos provenientes del Fondo Nacional de Regalías, es de los entes territoriales a los cuales fueron adjudicados los proyectos con cuyos recursos se adquirieron los bienes en cuestión y su transferencia se debe realizar en los términos del Decreto 254 del 2000 (...)";

Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 254 del 28 de enero de 2004, ordenó la supresión, disolución y liquidación de la Empresa Nacional Minera Limitada - Minercol Ltda.;

Que el numeral 6 del artículo 27 del Decreto 254 de 2004, excluyó de la masa de la liquidación, los bienes incorporados en el activo de Minercol Ltda. que no hayan sido adquiridos con recursos propios de la Empresa, entre otros, los adquiridos con recursos del Fondo Nacional de Regalías;

Que en sesión del 28 de julio de 2004, la Junta Liquidadora de Minercol Ltda., en...

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