Resolución 0202, por la cual se implementa el Acuerdo entre la Unidad de Parques Nacionales Naturales y las Organizaciones de Pueblos Indígenas del Pacífico suscrito en Cali el 21
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales |
Número de Boletín | 45063 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el numeral 1° del artículo 27 del Decreto 1124 de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política consagró el reconocimiento y protección del Estado a la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana y la obligación del Estado y de las personas de proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación;
Que la Ley 21 de 1991, aprobatoria del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, dispuso, en su artículo 7°, que los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que este afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan, y de controlar su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente;
Que el Decreto 1124 atribuyó a la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente la función de proponer e implementar las políticas, planes y programas, normas y procedimientos relacionados con las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y del Sistema Nacional de Areas Protegidas -SINAP-;
Que el numeral 1 del artículo 27 del Decreto 1124 de 1999 asignó al Director General de la Unidad de Parques Nacionales la función de orientar y coordinar la implementación de las políticas y lineamientos estratégicos para la administración y conservación de las áreas del Sistema de Parques Nacionales y del Sistema Nacional de Areas Protegidas -SINAP-;
Que el numeral 6 del artículo 31 del Decreto 1124 de 1999 atribuyó a las Direcciones Territoriales de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, la función de coordinar y articular con las instituciones públicas y privadas del orden regional y local, con las comunidades indígenas, negras y organizaciones comunitarias, la implementación de los proyectos para el uso, manejo y conservación de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales;
Que la "Política de participación social en la conservación" estableció, en...
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