Resolución 0202, por la cual se implementa el Acuerdo entre la Unidad de Parques Nacionales Naturales y las Organizaciones de Pueblos Indígenas del Pacífico suscrito en Cali el 21 - 14 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187981

Resolución 0202, por la cual se implementa el Acuerdo entre la Unidad de Parques Nacionales Naturales y las Organizaciones de Pueblos Indígenas del Pacífico suscrito en Cali el 21

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales
Número de Boletín45063

El Director General de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el numeral 1° del artículo 27 del Decreto 1124 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política consagró el reconocimiento y protección del Estado a la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana y la obligación del Estado y de las personas de proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación;

Que la Ley 21 de 1991, aprobatoria del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, dispuso, en su artículo 7°, que los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que este afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan, y de controlar su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente;

Que el Decreto 1124 atribuyó a la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente la función de proponer e implementar las políticas, planes y programas, normas y procedimientos relacionados con las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y del Sistema Nacional de Areas Protegidas -SINAP-;

Que el numeral 1 del artículo 27 del Decreto 1124 de 1999 asignó al Director General de la Unidad de Parques Nacionales la función de orientar y coordinar la implementación de las políticas y lineamientos estratégicos para la administración y conservación de las áreas del Sistema de Parques Nacionales y del Sistema Nacional de Areas Protegidas -SINAP-;

Que el numeral 6 del artículo 31 del Decreto 1124 de 1999 atribuyó a las Direcciones Territoriales de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, la función de coordinar y articular con las instituciones públicas y privadas del orden regional y local, con las comunidades indígenas, negras y organizaciones comunitarias, la implementación de los proyectos para el uso, manejo y conservación de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales;

Que la "Política de participación social en la conservación" estableció, en...

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