RESOLUCION 022 RD 5510 - 13 de Enero de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 553090486

RESOLUCION 022 RD 5510

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5510 13 ENERO 2015
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5510 • pP. 1-346 • 2015 • ENERO 13
346
SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
Resolución Número 022
(Enero 9 de 2015)
“Por la cual se adopta el instrumento Seguimien-
to de Competencias Laborales para la planta
temporal de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C.”.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial la (s) conferida (s) por el
Decreto 267 de 2007, literal j del artículo 8°.
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital 604 del 27 de diciembre
de 2012, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., creó unos
empleos de carácter temporal en la planta de personal
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogo-
tá, D.C., a partir del 1°. de enero de 2013 y hasta el 31
de diciembre de 2014, los cuales fueron prorrogados
conforme a la facultad contenida en el mismo decreto
con base en la disponibilidad presupuestal expedida
por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secre-
taría Distrital de Hacienda.
Que el citado Decreto establece que los empleos
temporales deberán encaminarse al cumplimiento de
las funciones que dieron lugar a su creación, de con-
formidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y su
posiciones que les modiquen, adicionen o sustituyan.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil con Radi-
cado 02-2009-0735 del 8 de mayo de 2009 emitió el
“Concepto sobre evaluación del desempeño de em-
pleados provisionales y temporales”, que señala en el
numeral 2. Consideraciones jurídicas inciso 2.2. “... la
entidad debe diseñar los instrumentos especícos para
evaluar el desempeño de los empleados temporales,
quienes no pueden ser equiparados a los empleados
con derechos de carrera ni en periodo de prueba.”
Que dicho concepto establece “...que los instrumentos
de evaluación para los empleados provisionales y
temporales que diseñe la entidad deben establecer
claramente que dicha evaluación no otorga derechos
de carrera, ni de inscripción en el registro público, ni
da lugar a planes de capacitación, ni estímulos a los
empleados provisionales y temporales.”
Que buscando garantizar el nivel de desarrollo, com-
promiso laboral, la calidad en el servicio, el cumplimien-
to de los planes, programas y metas institucionales, la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., ha diseñado el Instrumento de Seguimiento de
Competencias Laborales para aplicarlo a su planta
temporal, el cual permitirá identicar el desarrollo de
la gestión de los servidores públicos en dicha calidad,
tomar medidas preventivas, correctivas o de mejora-
miento, según el caso, realizando la retroalimentación
proactiva que se traduzca en apoyo y oportunidad de
análisis, ajustes, aprendizaje, mejoramiento continuo,
que redunde en fortalezas tanto para los empleados
como para la Entidad.
Que las competencias objeto de seguimiento son las
establecidas en el Decreto 2539 de 2005 “Por el cual
se establecen las competencias laborales generales
para los empleos públicos de los distintos niveles
jerárquicos de las entidades a las cuales se aplican
los Decretos-ley 770 y 785 de 2005”, competencias
que acoge la Resolución 530 del 27 de diciembre de
2012. “Por la cual se establece el manual especíco
de funciones para empleos temporales de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá”.
Que el artículo 8º. del Decreto 267 de 2007 “Por el
cual se adopta la estructura organizacional de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C.”, establece: “Despacho del Secretario General.
Son funciones del Despacho del Secretario General,
las siguientes:… j. Orientar las políticas, planes,
programas y proyectos necesarios para la adecuada
administración de los recursos físicos, nancieros, y
tecnológicos y del talento humano de la Secretaría
General.”
Que en mérito de lo expuesto, se
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°-. Adoptar como Instrumento de se-
guimiento al desempeño laboral el documento: “Se-
guimiento de Competencias Laborales para la planta
temporal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C.”, el cual hace parte integral de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2°-. Realizar el seguimiento a los servido-
res de la planta temporal cada cuatro (4) meses a partir
de la fecha de su prórroga o vinculación, por parte de
los superiores inmediatos.
ARTÍCULO 3°-. Los superiores inmediatos de los
servidores de planta temporal, deberán remitir dentro
de los cinco (5) primeros días hábiles del periodo de
seguimiento, a la Subdirección de Talento Humano el
documento “Seguimiento de Competencias Laborales
para la planta temporal de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.” para ser integrado a
la hoja de vida de cada servidor.

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