Resolución 033, por la cual se establece el Cargo Máximo que permite remunerar los activos que conforman la "Red de Distribución de Barranquilla", de propiedad de Promigás S.A. E.S.P - 15 de Marzo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43151000

Resolución 033, por la cual se establece el Cargo Máximo que permite remunerar los activos que conforman la "Red de Distribución de Barranquilla", de propiedad de Promigás S.A. E.S.P

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín44357

DIARIO OFICIAL 44.357 RESOLUCIÓN 033 28/02/2001 por la cual se establece el Cargo Máximo que permite remunerar los activos que conforman la "Red de Distribución de Barranquilla", de propiedad de Promigás S.A. E.S.P. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que el artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible; Que el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, estableció los criterios bajo los cuales se debe definir el régimen tarifario de las empresas de servicios públicos; Que según lo dispuesto por el artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá establecer topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas; Que la Ley 142 de 1994, artículo 91, dispone que "para establecer las fórmulas de tarifas se calculará por separado, cuando sea posible, una fórmula para cada una de las diversas etapas del servicio"; Que mediante comunicación radicada en la CREG bajo el número 1506, de marzo 1° de 2000, la empresa Promigás S.A. E.S.P., en desarrollo de la Resolución CREG-001 de 2000, solicitó a la CREG la fijación de Cargos Regulados para su Sistema de Transporte de gas natural; Que mediante comunicaciones radicadas en la CREG con los números 4623, 4969, 5802, 6407, 7047 y 8279 de 2000; y 91, 391 y 1071 de 2001; Promigás S.A. E.S.P. amplió la información reportada con su solicitud de fijación de Cargos; Que en la solicitud tarifaria presentada el 1° de marzo de 2000, Promigás S.A. E.S.P. incluyó los activos que conforman la denominada "Red de Distribución de Barranquilla", dentro de su Sistema de Transporte; Que revisada la información que se utilizó para el cálculo de la "tarifa de transporte" aprobada por la Resolución 019 del 8 de julio de 1994, expedida por la Comisión de Regulación Energética, se encuentra que los activos que conforman la "Red de Distribución de Barranquilla", fueron incluidos dentro de la base de los activos de transporte que se tuvieron en cuenta para la aprobación de la mencionada tarifa, por lo que el servicio prestado a través de la mencionada Red, se ha considerado durante la vigencia de dicha Resolución, como actividad de Transporte; Que de conformidad con lo...

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