Resolución 0372, por la cual se autoriza al Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Casanare para seguir funcionando - 19 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43175953

Resolución 0372, por la cual se autoriza al Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Casanare para seguir funcionando

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44805

El Ministro de Justicia y del Derecho, en uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas en los artículos 91 parágrafo 1° de la Ley 446/98, 1° de la Resolución número 800/2000, y del Decreto 2618/2000 y 1° de la Resolución número 256/2001, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 446 de 1998 en sus artículos 91 y 113, faculta al Ministerio de Justicia y del Derecho para determinar los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas sin ánimo de lucro que aspiren a crear centros de conciliación y/o arbitraje;

Que los centros existentes con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 446, deben adecuarse a aquellos requisitos;

Que en desarrollo de esa facultad, se expidió la Resolución número 800 de 2000 que establece los requisitos para .la creación de centros de conciliación y/o arbitraje y la obligación de cumplir estos nuevos requerimientos para permitir la continuidad del servicio de los centros de conciliación y/o arbitraje autorizados con anterioridad a la Ley 446 de 1998;

Que Raúl Yeraldo Barón Pirabán, actuando en calidad de Representante Legal de la Cámara de Comercio de Casanare, entidad sin ánimo de lucro a la cual se le autorizó el funcionamiento del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición mediante Resolución número 0002 del 31 de enero de 1996, solicitó por escrito ante este Ministerio de conformidad con lo establecido en la Resolución número 800 de 2000, la autorización para que el centro continúe funcionando;

Que al revisar la documentación adjunta a la solicitud, se estableció que se adecua a los requisitos que consagra el artículo 1° de la Resolución número 800 de 2000 para obtener dicha autorización;

Que por las razones anteriores, es procedente autorizar a dicho Centro para seguir funcionando y continuar prestando sus servicios;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Autorizar al...

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