Resolución 0451, por la cual se autoriza al Centro de Conciliación y Arbitraje la Cámara de Comercio de Aguachica, para seguir funcionando - 23 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43179953

Resolución 0451, por la cual se autoriza al Centro de Conciliación y Arbitraje la Cámara de Comercio de Aguachica, para seguir funcionando

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44909

El Ministro de Justicia y del Derecho, en uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas en los artículos 91 parágrafo 1° de la Ley 446 de 1998, 1° de la Resolución 0800 de 2000, y del Decreto 2618/2000 y 1° de la Resolución 256 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 446 de 1998 en sus artículos 91 y 113, faculta al Ministerio de Justicia y del Derecho para determinar los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas sin ánimo de lucro que aspiren a crear centros de conciliación y/o arbitraje;

Que los centros existentes con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 446 deben adecuarse a aquellos requisitos;

Que en desarrollo de esa facultad, se expidió la Resolución número 800 de 2000 que establece los requisitos para la creación de centros de conciliación y/o arbitraje y la obligación de cumplir estos nuevos requerimientos para permitir la continuidad del servicio de los centros de conciliación y/o arbitraje autorizados con anterioridad a la Ley 446 de 1998;

Que mediante la Resolución 010 del 21 de junio de 1996, se autorizó el funcionamiento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Aguachica;

Que Ciro Alberto Bohórquez Durán, identificado con cédula de ciudadanía 12540877 de Río de Oro, actuando en calidad de representante legal de la Cámara de Comercio de Aguachica, entidad sin ánimo de lucro, solicitó por escrito ante este Ministerio la autorización para que el centro continúe funcionando, de conformidad con lo establecido en la Resolución 0800 de 2000;

Que al revisar la documentación adjunta a la solicitud, se estableció que se adecua a los requisitos que consagra el artículo 1° de la Resolución 0800 de 2000 para obtener dicha autorización y por lo tanto, es procedente autorizar a dicho Centro para seguir funcionando y continuar prestando sus servicios,

RESUELVE:

Artículo 1°...

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