RESOLUCION 068 RD 6355 - 18 de Julio de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 733583989

RESOLUCION 068 RD 6355

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6355 18 JULIO 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6355 • pP. 1-1 • 2018 • JUlIO 18
RESOLUCIÓN DE 2018
AÑO 51
Número 6355
2018 JUlIO 18
REGISTRO
DISTRITAL
EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.
Resolución Número 068
(Julio 9 de 2018)
Por la cual se modifica la Resolución 028
de 2018 “Por la cual se adopta la Política de
Reasentamiento y de Gestión Social para el
proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá”, y
su anexo No.1
EL GERENTE GENERAL (E) DE LA EMPRESA
METRO DE BOGOTÁ S.A.
En ejercicio de sus atribuciones legales y
estatutarias, en especial lo dispuesto en el
artículo 47 de los Estatutos Sociales, el Acuerdo
06 de 2017 expedido por la Junta Directiva de
la Empresa Metro de Bogotá S.A. y el Decreto
Distrital 354 de 2018 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No. 028 del 11 de abril
de 2018 , la empresa Metro de Bogotá S.A. adoptó la
Política de Reasentamiento y de Gestión Social, con el
propósito de mitigar los impactos del desplazamiento
involuntario y apoyar el restablecimiento de las condi-
ciones económicas y el nivel de vida de la población
afectada con la ejecución del tramo 1 del proyecto de
Primera Línea del Metro de Bogotá, la cual armoniza
los conceptos, procesos y procedimientos que en
materia de reasentamiento y gestión social dispone la
Resolución 1023 de 2017 expedida por el Ministerio de
Transporte y la normatividad distrital. Adicionalmente
aporta el contexto especíco del Proyecto en el cual
deben implementarse dichos lineamientos, contenida
en el anexo 1 de la presente Resolución.
Que hacen parte de la citada Resolución el Anexo
1 “Política de Reasentamiento y de Gestión Social
Proyecto Metro de Bogotá” y el Anexo 2 “Descrip-
ción de los factores de Reconocimiento Económico
aplicables al proyecto Primera Línea del Metro de
Bogotá y reglas para su aplicación”.
Que en desarrollo de las misiones que adelantó la
EMB con la Banca Multilateral para la contratación
de las diversas operaciones de nanciación del pro-
yecto denominado Tramo 1 de la PLMB, el Banco
Mundial solicitó la inclusión de la matriz de brechas
para establecer los referentes normativos entre sus
políticas operacionales y la legislación nacional,
descripciones legales en cuanto a la adquisición pre-
dial, lineamientos para el programa de adquisición
predial y el desarrollo y resultados de las consultas y
socializaciones realizadas previamente a la adopción
de la Resolución No. 028 de 2018.
Que con el n de complementar el Anexo 1 “Política
de Reasentamiento y de Gestión Social Proyecto
Metro de Bogotá” la Empresa Metro de Bogotá S.A.,
acogió las observaciones propuestas por el Banco
Mundial, lo que precisa el marco de referencia y
los lineamientos para la operación y aplicación de
la política de reasentamiento y de gestión social,
cuyo propósito es apoyar el restablecimiento de las
condiciones socioeconómicas de la población que
deberá trasladarse.
Que dada las funciones del Comité de Gestión
Predial y de Reasentamientos -GPRE- y que las
recomendaciones a la Gerencia General sobre las
decisiones relacionadas con el plan de reasenta-
miento y la gestión predial del primer tramo de la
Primera Línea del Metro de Bogotá podrían tener
algún impacto de orden presupuestal así como en
la gestión del reasentamiento, se hace necesario
actualizar su integración así como reglamentación
de la Secretaría Técnica.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6355 • pP. 1-2 • 2018 • JUlIO 18
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Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8
del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto del
presente acto administrativo fue publicado en el sitio
Web de la Empresa Metro de Bogotá S.A. del 29 de
junio al 6 de julio de 2018.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°-: Modicar el artículo 4º de la Resolu-
ción No. 028 del 11 de abril de 2018, la cual quedará
así:
“ARTÍCULO 4º -: INTEGRACIÓN: El comité de
Gestión Predial y de Reasentamientos -GPRE-
estará integrado de la siguiente manera. Los
miembros tendrán voz y voto:
a) Gerente General o su delegado
b) Gerente Ejecutivo y de Estructuración Financiera
c) GerenteAdministrativaynanciera
d) Gerente de Comunicaciones y Ciudadanía
e) Subgerente de Gestión de Suelo”
Parágrafo. Serán invitados permanentes los su-
pervisores de los convenios interadministrativos
o contratos suscritos por la empresa Metro de
Bogotá S.A. cuyos objetos tengan relación con
las actividades previstas en el plan de reasenta-
miento.
Cuando el Comité lo considere conveniente, po-
drá invitar a sus reuniones a las demás gerencias
y ocinas de la empresa a los representantes
legales de las entidades o empresas que rea-
licen gestión predial para la Empresa Metro de
Bogotá S.A. o sus delegados, y al delegado de la
Unidad de Movilidad Urbana Sostenible (UMUS)
del Ministerio de Transporte.
El Jefe de Control Interno de la Empresa Metro
de Bogotá S.A., participará con voz, pero sin
voto.”
ARTÍCULO 2°-: Modicar el artículo de la Re-
solución No. 028 del 11 de abril de 2018, la cual
quedará así:
“ARTÍCULO 6º-: Secretaria Técnica. La Secretaría
Técnica será ejercida por el Gerente de Comunica-
ciones y Ciudadanía o quien delegue el Gerente Ge-
neral, y tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) Convocar a las reuniones del Comité.
b) Vericarelquórumdelasreuniones.
c) Coordinar con los miembros del Comité y los
invitados a cada sesión, la información y docu-
mentación a presentar.
d) Elaborar y custodiar las actas correspondientes a
cada reunión.
e) Socializar los documentos e información a su alcance,
inherentes al Comité, entre los integrantes del mismo.
f) Coordinar el manejo de la correspondencia y
solicitudes dirigidas al Comité.
g) Llevar el archivo de cada una de las situaciones
sobre las cuales el comité se haya pronunciado y
de toda la documentación relacionada.”
ARTÍCULO 3°-: Modicar el artículo 10º de la Resolu-
ción No. 028 del 11 de abril de 2018, la cual quedará así:
“Artículo 10°-: Anexos. Hacen parte de la presen-
te Resolución los siguientes documentos: Anexo 1
“Política de Reasentamiento y de Gestión Social
Proyecto Metro de Bogotá” – Versión: 02 y Anexo
2 “Descripción de los factores de Reconocimiento
Económico aplicables al proyecto Primera Línea
del Metro de Bogotá y reglas para su aplicación”
ARTÍCULO 4°-: Los demás artículos de la Resolución
No. 028 del 11 de abril de 2018 mantiene su vigencia
en los términos allí señalados.
ARTÍCULO 5 º-: Vigencia. La presente Resolución
rige a partir del día siguiente de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., el nueve (9) de julio de dos
mil dieciocho (2018).
JORGE MARIO TOBÓN GONZÁLEZ
Gerente General (e.)
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