Resolución 0681, por la cual se modifica el término señalado en la Resolución número 154 del 5 de noviembre de 1999. - 3 de Agosto de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139754

Resolución 0681, por la cual se modifica el término señalado en la Resolución número 154 del 5 de noviembre de 1999.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín44112

DIARIO OFICIAL 44.112 RESOLUCIÓN 0681 01/08/2000 por la cual se modifica el término señalado en la Resolución número 154 del 5 de noviembre de 1999. El Superintendente de la Economía Solidaria, en uso de sus facultades, en especial las que le confiere el numeral 3º, artículo 8º, Decreto 1401 de 1999, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 154 del 5 de noviembre de 1999, se señaló que las Cámaras de Comercio continuarán ejerciendo la función de registro de los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esta formalidad y de certificación de existencia y representación legal de las organizaciones de la Economía Solidaria, supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, teniendo en cuenta la condición establecida en el artículo 1º del Decreto 1798 de 1998; Que a la fecha la condición establecida en el artículo 1º del Decreto 1798 de 1998 no se ha cumplido, por cuanto la Superintendencia de la Economía Solidaria por razones de tipo presupuestal no ha podido organizarse plenamente, en el sentido de adecuar la estructura y aumentar la planta de personal necesario para asumir la función de registro; Que en consecuencia y en aras de no afectar una eficiente prestación del servicio, se considera viable que las Cámaras de Comercio continúen por un año más ejerciendo la función de registro de las organizaciones supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, observando para el efecto las previsiones de los Decretos 2150 de 1995 y 427 de 1996 sin perjuicio de las autorizaciones especiales que de acuerdo con sus facultades la Superintendencia deba expedir en algunos casos para efectuar los registros, RESUELVE: Artículo 1º. Las Cámaras de Comercio de conformidad con lo expresado en la parte motiva de esta resolución, continuarán ejerciendo por un año más, contado a partir del vencimiento del término fijado en la Resolución número 154 del 5 de noviembre de 1999, la función de registro de los actos, libros y documentos respecto de los...

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