RESOLUCION 0782 RD 5891 - 11 de Agosto de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690913365

RESOLUCION 0782 RD 5891

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5891 11 AGOSTO 2016
EmisorSecretaria Distrital de Desarrollo Económico
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5891 • pP. 1-1 • 2016 • AGOSTO 11
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIÓN DE 2016
AÑO 50
Número 5891
2016 AGOSTO 11
SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
Resolución Número 0782
(Agosto 1 de 2016)
Por medio de la cual se actualiza y adopta el
Manual de Contratación de la Secretaría Distrital
de Desarrollo Económico
EL SECRETARIO DISTRITAL
DE DESARROLLO ECONÓMICO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales y en especial las conferidas en la
Ley 1421 de 1993; la Ley 489 de 1998; la Ley 80
de 1993; la Ley 1150 de 2007, el Decreto 854 de
2001, el Decreto 1082 de 2015 y el Acuerdo 257
de 2006 y
CONSIDERANDO:
lombia establece que “La función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
ecacia, economía, celeridad, imparcialidad y publici-
dad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones”.
Que el artículo 3 de la Ley 80 de 1993 instituye que
los servidores públicos tendrán en consideración que
al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos,
las entidades buscan el cumplimiento de los nes esta-
tales, la continua y eciente prestación de los servicios
públicos y la efectividad de los derechos e intereses
de los administrados que colaboran con ellas en la
consecución de dichos nes.
Que las actuaciones de quienes intervengan en la
contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los
principios de transparencia, economía y responsabi-
lidad y de conformidad con los postulados que rigen
la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en
las mismas las normas que regulan la conducta de los
servidores públicos, las reglas de interpretación de la
contratación, los principios generales del derecho y los
particulares del derecho administrativo.
Que teniendo en cuenta las modicaciones realizadas
a la Ley 80 de 1993 y a la Ley 1150 de 2007 por el
Decreto 1082 de 2015, es preciso actualizar el manual
de contratación de la Secretaría, de manera que re-
coja de manera íntegra y sistémica el procedimiento
contractual al interior de la Secretaría a través de un
documento que contenga las últimas reformas impre-
sas al Estatuto General de la Contratación Pública.
Que el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015,
establece que las Entidades Estatales deben contar
con un manual de contratación, el cual debe cumplir
con los lineamientos que para el efecto señale Colom-
bia Compra Eciente.
Que a través de la Versión LGEMC-01 Colombia Com-
pra Eciente estableció los lineamientos generales
para la expedición de manuales de contratación de las
entidades estatales, criterios con los cuales cumple la
presente actualización que se adopta.
Que en la Versión LGEMC-01, Colombia Compra
Eciente dene el Manual de Contratación como un
documento que: (i) establece la forma como opera la
Gestión Contractual de las Entidades Estatales y, (ii)
da a conocer a los partícipes del sistema de compras
y contratación pública la forma en que opera dicha
Gestión Contractual. El Manual de Contratación es
también un instrumento de Gestión Estratégica puesto
que tiene como propósito principal servir de apoyo al
cumplimiento del Objetivo Misional de cada Entidad
Estatal.
Que en mérito de lo expuesto,
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5891 • pP. 1-2 • 2016 • AGOSTO 11
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RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Actualizar y adoptar el Manual
de Contratación de la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico, documento que hace parte integral de la
presente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar que toda la activi-
dad contractual de la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico, se adelantará con sujeción a las normas
constitucionales, legales y reglamentarias que rigen la
materia y a lo dispuesto en el Manual de Contratación
que a través del presente acto se actualiza y adopta.
ARTÍCULO TERCERO.- Prescribir que el presente
acto, rija a partir de la fecha de su expedición y deroga
todas las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá, D.C., al primer (1) día del mes
de agosto de dos mil dieciséis 2016).
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
FREDDY HERNANDO CASTRO BADILLO
Secretario de Despacho
Carrera 30 No. 25-90,
Edificio CAD, piso 3º, Torre A
Teléfonos: 3693777
www.desarrolloeconomico.gov.co
Información: Línea 195
FT-11-PR-DOC-02 – V3
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SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
MANUAL DE CONTRATACIÓN
2016
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5891 • pP. 1-3 • 2016 • AGOSTO 11
Carrera 30 No. 25-90,
Edificio CAD, piso 3º, Torre A
Teléfonos: 3693777
www.desarrolloeconomico.gov.co
Información: Línea 195
FT-11-PR-DOC-02 – V3
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INTRODUCCIÓN
La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en adelante la SDDE, en cumplimiento
de los principios de la función administrativa y la gestión fiscal de que tratan los artículos
209 y 267 de la Constitución Política de Colombia de 1991, fundada en la prevalencia
del interés general, la igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad
y publicidad, delegación, desconcentración de funciones; y de conformidad con el
régimen especial del Distrito Capital1, encuentra necesario actualizar y adoptar el
reglamento interno aplicable a la actividad de Compras Públicas y a la Contratación
Estatal, denominado “MANUAL DE CONTRATACIÓN,” tal como lo dispone el artículo
2.2.1.2.5.3. del Decreto 1082 de 2015.
El Manual de Contratación, tiene como objetivo servir de guía para los servidores
públicos y demás destinatarios que intervienen en la gestión contractual de la Entidad,
en la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública,
reflejando la forma como opera dicha gestión y permitiendo su conocimiento a los
partícipes del sistema de compras y contratación pública; pues siendo “innegable el
carácter instrumental que ostenta el contrato estatal para la consecución de los fines
del Estado2, por antonomasia de los fines de la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico, se hace imperativo adoptar reglas, procesos y procedimientos internos
sobre delegación, desconcentración de funciones3, imposición de multas, sanciones, y
pautas para la vigilancia y control de la ejecución contractual;4propósito que se plantea
como lo expresa el máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo, “(…) Los
denominados manuales de contratación pueden enmarcarse dentro de la potestad de auto-organización
reconocida a cada Entidad Estatal, toda vez que los mismos tienen un campo de aplicación que se
restringe a cada organismo administrativo. En otras palabras, es una norma de carácter interno ya que
regula relaciones de carácter inter- orgánico. Adicionalmente, su objeto no es otro distinto a reglamentar
temas administrativos del manejo de la contratación estatal – funcionarios que intervienen en las distintas
etapas de la contratación, en la vigilancia y ejecución del negocio jurídico, entre otros, es decir aspectos
administrativos del trámite y desarrollo contractual” (…)
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El Manual de Contratación se orienta a procesos que garanticen el cumplimiento de los
objetivos del sistema de compras y contratación pública y la realización de las políticas
públicas en esta materia, valga decir, en un marco de eficacia, eficiencia, economía,
promoción de la competencia, rendición de cuentas, manejo del riesgo, publicidad y
transparencia. De igual manera, este Manual tiene como fin servir de instrumento de la
1 Constitución Política, artículo 322; Decreto Ley 1421 de 1993, Art 144 y ss.
2 Corte Constitucional, Sentencia C-949/01 MP. Dra. CLARA INES VARGAS HERNANDEZ
4 Ley 1474 de 2011, artículos 83 y 84
5 C. E. Sección Tercera., Sentencia del 14 de Abril de 2010, Expediente N°. 36054B., C. P. Dr. Enrique Gil Botero.

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