Resolución 08551, por medio de la cual se adiciona la Resolución 12801 de 2005
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Número de Boletín | 46355 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en los artículos 19 del Decreto 1071 de 1999, 579-2 del Estatuto Tributario, 2 del Decreto 408 de 2001, Decreto 4694 de 2005 y Decreto 1849 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Director de Impuestos y Aduanas Nacionales señalar el grupo de contribuyentes que deben presentar sus declaraciones tributarias a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Que la Resolución 12801 de 2005, y sus modificatorias números 2435 y 3488 de 2006, señalan algunos contribuyentes, responsables y agentes de retención que deben presentar las declaraciones y diligenciar los recibos de pago de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de las retenciones en la fuente, a través de los servicios informáticos electrónicos;
Que con el fin de facilitar el cumplimiento del deber de declarar, es pertinente extender el servicio informático electrónico de presentación de declaraciones a un mayor número de beneficiarios,
RESUELVE:
¿Sin perjuicio de los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y declarantes señalados previamente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a partir del 30 de agosto de 2006 deben presentar sus declaraciones y diligenciar los recibos de pago a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los siguientes:
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Los informantes personas naturales o jurídicas y entidades obligadas a presentar información en forma virtual según la Resolución 03859 de 2006;
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Las personas naturales que tengan la calidad de representantes, revisores fiscales o contadores de personas naturales o jurídicas, según el caso, obligadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a presentar sus declaraciones y/ o información en forma virtual¿.
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