RESOLUCION 095 RD 5629 - 9 de Julio de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 578017870

RESOLUCION 095 RD 5629

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5629 9 JULIO 2015
EmisorInstituto Distrital de Turismo
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5629 • pP. 1-11 • 2015 • JUlIO 9
empresas intervinientes, que dé cuenta del parque
automotor disponible, la forma en que se asignarán
los servicios entre el parque automotor de cada em-
presa y la designación de la persona encargada de la
operación en terreno.
Que el Decreto 190 de 2015, estableció los lineamien-
tos para nalizar la etapa de transición establecida en
el Decreto 156 de 2011, entre los cuales se encuentra
el otorgamiento de un permiso de operación especial y
transitorio para operar las rutas provisionales del SITP,
denidas por TRANSMILENIO S.A.
Que el artículo 4º del Decreto 190 de 2015, establece
que el servicio de transporte que se preste en las rutas
provisionales del SITP, será planeado, gestionado
y controlado por TRANSMILENIO S.A., para lo cual
expedirá el respectivo reglamento operativo, el cual
será de obligatorio cumplimiento para los prestadores
del servicio.
Que TRANSMILENIO S.A., mediante Resolución 347
de 2015, adoptó el reglamento operativo de las rutas
provisionales, en el cual se regula la asignación de
servicios, los mecanismos de control, las formas de
supervisión a la operación, entre otros aspectos, que
anteriormente eran establecidos autónomamente por
las empresas.
Que de acuerdo con lo anterior, es necesario ajustar y
eliminar algunos requisitos establecidos en la Resolu-
ción 17 de 2013, con el n de hacerlos coherentes con
los lineamientos establecidos en el Decreto Distrital
190 de 2015 y de la Resolución 347 de 2015.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Objeto. Modicar los requisitos
en materia de autorización de convenios de colabora-
ción empresarial, establecidos en la Resolución 17 de
2013 expedida por la Secretaría Distrital de Movilidad,
con el n que éstos se ajusten a los lineamientos esta-
blecidos en el Decreto Distrital 190 de 2015 y la Reso-
lución 347 de 2015, expedida por TRANSMILENIO S.A.
ARTÍCULO SEGUNDO. Modificación. Se modica el
numeral 2.3 del artículo segundo de la Resolución 17
de 2015, el cual quedará así:
“2.3. Parque automotor disponible de cada empresa,
con copia de su licencia de tránsito y tarjeta de ope-
ración vigente”.
ARTÍCULO TERCERO. Vigencias y Derogatorias.
La presente Resolución rige a partir de su publicación
y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los dos (2) días del mes
de julio de dos mil quince (2015).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA CONSTANZA GARCÍA ALICASTRO
SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD
INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
Resolución Número 095
(Julio 1 de 2015)
Por la cual se modifica el Manual de Contratación
del Instituto Distrital de Turismo adoptado
mediante Resolución No. 157 del 31 de
Julio de 2014.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales, en especial
las que le confieren el Acuerdo No. 275 de 2007
del Concejo de Bogotá, el Acuerdo 01 del 12 de
marzo de 2007 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo en cumplimiento
de lo establecido por el artículo 160 del Decreto 1510
de 2013 expidió y adoptó su Manual de Contratación
atendiendo a los postulados de legales y los lineamien-
tos señalados por Colombia Compra Eciente.
Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1082
del 26 de Mayo de 2015, compiló y racionalizó las
normas de carácter reglamentario que rigen el sector
Administrativo de Planeación, con el n de contar con
un instrumento único para el mismo.
Que la compilación se enmarca en la racionalización y
simplicación del ordenamiento jurídico como una de
las principales herramientas para asegurar la eciencia
económica y social del sistema legal y para aanzar
la seguridad jurídica.
Que el Decreto 1082 de 2015 en virtud de sus ca-
racterísticas propias y de contenido material, guarda
correspondencia con los decretos compilados, entre
los cuales se encuentra el Decreto 1510 de 2013; en
consecuencia, no puede predicarse el decaimiento
de las resoluciones, las circulares y demás actos
administrativos expedidos por distintas autoridades
administrativas con fundamento en las facultades
derivadas de los decretos compilados.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5629 • pP. 1-12 • 2015 • JUlIO 9
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Que el Decreto 1082 de 2015 en su Artículo 3.1.1.
“Derogatoria Integral”, dispuso la derogatoria de todas
las disposiciones de naturaleza reglamentaria relativas
al Sector Administrativo de Planeación Nacional que
versan sobre mismas materias, entre las que se en-
Que el Manual de Contratación expedido y adoptado
por el Instituto Distrital de Turismo en su numeral 5.2
establece: “El Instituto Distrital de Turismo modicará
el Manual de Contratación mediante acto administra-
tivo expedido por parte del Despacho del-a Director/a
General del IDT.”
Que en virtud de la compilación efectuada por el De-
creto 1082 de 2015, se requiere modicar el Manual
de Contratación del Instituto Distrital de Turismo, rea-
lizando la respectiva actualización normativa.
Que en virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Modicar el Manual de Contratación
del Instituto Distrital de Turismo adoptado mediante
Resolución 157 del 31 de Julio de 2014.
ARTÍCULO 2: Publíquese el Manual de Contratación
del Instituto Distrital de Turismo en la página Web de
la entidad.
ARTÍCULO 3: Envíese el Manual de Contratación mo-
dicado mediante la presente resolución a la Dirección
Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para que
el mismo sea publicado en el Diario Ocial del Distrito.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., al primer (1°) día del mes
de julio de dos mil quince (2015).
TATIANA PIÑEROS LAVERDE
Directora General
MANUAL
DE CONTRATACIÓN
CODIGO: JU-M01
VERSION: 07
FECHA: 01-07-2015
MANUAL
DE CONTRATACIÓN
DESCRIPCION DEL CAMBIO ESTRUCTURACIÓN
JURÍDICA FECHA VERSIÓN
Primera Versión Iván Delgado
Lucas Posada 2009-04-27 01
Se ajusta el documento teniendo en cuenta lo establecido en el Procedimiento MC-
P01 “Control de documentos”. Se incluye la modalidad de contratación Selección
Abreviada que no exceda el 10% de la menor cuantía. Se elimina el Organigrama, la
misión y la visión del IDT.
Iván Delgado
Lucas Posada 2009-12-30 02
Se ajusta el documento teniendo en cuenta la normatividad vigente aplicada al
proceso.
Se incluyen los instructivos correspondientes a: JU-I01 “Instructivo Contratación
Directa - Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión”, JU-I02
“Instructivo Contratación Directa - Contratos Interadministrativos”, JU-I03 “Instructivo
Contratación Directa - Desarrollo de Actividades Cientícas y Tecnológicas”,
JU-I05 “Instructivo Contratación Directa - Inexistencia de Pluralidad de Oferentes”,
JU-I06 “Instructivo Selección Abreviada - Subasta Inversa”, JU-I07 “ Instructivo
Selección Abreviada – Menor Cuantía”, JU-I08 “Instructivo Licitación Pública”, JU-I09
“Instructivo Supervisión de Contratos” y JU-I10 “Instructivo Selección Abreviada -
10% de la menor cuantía”.
Se elimina la tabla de términos para la solicitud de inicio de proceso de selección
quedando incluido en cada una de los instructivos referenciados.
Se cambia el titulo lineamientos o políticas de información por lineamientos básicos.
Ivan Delgado
2010-09-06
03
Acorde a lo establecido en la resolución 068 de 2011, se incluye una política de
operación.
Asesor(a) Jurídica
Angélica Torres 2011-06-14 04
13
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5629 • pP. 1-13 • 2015 • JUlIO 9
DESCRIPCION DEL CAMBIO ESTRUCTURACIÓN
JURÍDICA FECHA VERSIÓN
Se elimina el ítem 5.2.3 selección abreviada 10% de la menor cuantía y se incluye el
ítem 5.5 quedando denido como mínima cuantía.
Asesor(a) Jurídica
Angélica Torres 2011-08-19 05
Se modica en su totalidad el Manual de Contratación adecuándolo con la
normatividad vigente.
Asesor(a) Jurídica
Laura Fernanda
Gómez Ramírez 2014-07-31 06
Se realiza actualización Normativa del Manual de Contratación teniendo en cuenta
que el Decreto 1510 de 2013 fue Compilado y Derogado por el Decreto 1082 de
2015
Carlos Julián Ruíz
Dionisio
Laura Fernanda
Gómez Ramírez
(Asesora Jurídica)
2015-07-01 07
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1 INTRODUCCIÓN
El Acuerdo Distrital No. 275 de 2007 creó al Instituto
Distrital de Turismo como “un establecimiento público
del orden distrital, con personería jurídica, autonomía
administrativa y nanciera, y patrimonio propio, adscri-
to a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.”,
cuyo objeto es “la ejecución de las políticas, planes y
programas para la promoción del turismo y el posicio-
namiento del Distrito Capital como destino turístico
sostenible.”
En este sentido, y considerando que el Instituto Dis-
trital de Turismo, en procura de alcanzar los objetivos
y metas institucionales y Distritales, requiere celebrar
contratos con diversas entidades públicas y privadas,
atendiendo los postulados de la ley 80 de 1.993, la
ley 1150 de 2007 y sus correspondientes decretos
reglamentarios. Así mismo en atención a su misiona-
lidad resulta pertinente además adelantar procesos
de contratación con entidades sin ánimo de lucro, en
virtud de lo cual se debe aplicar además el derivado
régimen especial de contratación derivado del artículo
355 de la Constitución Política, reglamentado por el
Decreto 777 de 1992 modicado por el Decreto 1403
de 1992, así como el dispuesto por el artículo 96 de la
ley 489 de 1998, en íntima relación con la Constitución,
correspondiente a los Convenios de Asociación.
Dentro de la actividad de la Administración Pública se
encuentra la relacionada con la contratación estatal,
regulada, entre otras normas, por la Ley 80 de 1993,
la Ley 1150 de 2007, su Decreto Reglamentario, el
Código Civil, el Código de Comercio, y las normas
presupuestales.
La contratación pública tiene por nalidad el cumpli-
miento de los cometidos estatales, el adecuado mane-
jo, inversión y ejecución de los recursos públicos para
la prestación de los servicios públicos y la efectividad
de los derechos e intereses de los administrados que
colaboran con la Administración, en la consecución
de estos nes.
Es importante señalar que la Ley 80 de 1993 estableció
los principios que rigen la actividad contractual, como
desarrollo de la función administrativa, a que se reere
el artículo 209 de la Constitución Política, del siguiente
tenor literal:
“La función administrativa está al servicio de los inte-
reses generales y se desarrolla con fundamento en los
principios de igualdad, moralidad, ecacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la des-
centralización, la delegación y la desconcentración de
funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus
actuaciones para el adecuado cumplimiento de los
nes del Estado (…).”.
La reforma de la Ley 80 de 1993, a través de la Ley
1150 de 2007, tuvo como objeto introducir medidas
para la eciencia y transparencia de la gestión con-
tractual para que el contrato y los convenios estatales
sirvan como mecanismos expeditos para sobrepasar
los índices de eciencia en los recursos públicos y un
hito en contra de la corrupción.
En atención al objetivo fundamental que dio origen a
la modicación del régimen contractual, y en procura
de fortalecer el mismo se han expedido a partir del
año 2011 un número signicativos de Leyes, Decretos
Ley y Decretos Reglamentarios que han conllevado al
fortalecimiento del sistema de compras y de contrata-
ción del Estado, con el n que las Entidades Públicas
puedan obtener en el mercado mejores precios para
sus bienes y servicios, a través de los mecanismos de
estandarización de la información.
Esta nueva dinámica contractual se ha suscitado, como
componente para la búsqueda de la consolidación de
los nes esenciales del Estado, bajo el amparo de la
colaboración de la provisión de los proveedores de
bienes y servicios, bajo el designio de los principios de
la función pública y bajo el criterio principal con el cual
ha sido concebida la Agencia COLOMBIA COMPRA
EFICIENTE, para organizar el proceso de compras y
contratación con lo cual se pretende que la actividad
sea más eciente.

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