Resolución 096, por la cual se fija el Costo Base de Comercialización para la Empresa de Energía Eléctrica del Departamento del Guaviare S. A. ESP, aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la misma empresa - 10 de Octubre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43228600

Resolución 096, por la cual se fija el Costo Base de Comercialización para la Empresa de Energía Eléctrica del Departamento del Guaviare S. A. ESP, aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la misma empresa

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín46057

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante Resolución CREG-031 de abril de 1997, adoptó la Fórmula General para el cálculo de los costos de prestación del servicio de energía eléctrica, aplicable a usuarios regulados, uno de cuyos elementos está constituido por el Costo de Comercialización;

Que la mencionada resolución establece la fórmula para calcular el componente de Comercialización que se utiliza en la Fórmula General;

Que la Resolución CREG-007 de 1999, artículo 3°, estableció que en el evento en que un comercializador desee prestar el servicio en un mercado para el cual la CREG no haya fijado un Costo Base de Comercialización (Co*), deberá presentar ante la Comisión el estudio de costos necesario para que la Comisión apruebe dicho Co*, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones CREG-031, CREG-077 y CREG-244 de 1997, y demás normas que las sustituyan, complementen o adicionen;

Que el artículo 8º de la Resolución CREG-077 de 1997, estableció que un prestador del servicio de energía eléctrica en una Zona No Interconectada (ZNI), cuyo sistema eléctrico se integre físicamente al Sistema Interconectado Nacional, tendrá un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la ocurrencia de la interconexión, para presentar ante la CREG la solicitud de aprobación del Costo Base de Comercialización, según lo previsto en la Resolución CREG-031 de 1997;

Que mediante comunicación radicada en la CREG bajo el número E-2004-007286 de 9 de septiembre de 2004, la Empresa de Energía Eléctrica del Departamento del Guaviare S. A. ESP, presentó a la Comisión el Estudio de Costos de Comercialización Sistema de Costeo Basado en Actividades (C.B.A.);

Que la Comisión, en Sesión número 271 del...

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