Resolución 0985, por la cual se adopta el Plan de Incentivos del Ministerio de Comercio Exterior
Emisor | Ministerio de Comercio Exterior |
Número de Boletín | 44064 |
DIARIO OFICIAL 44.064 RESOLUCIÓN 0985 23/06/2000 por la cual se adopta el Plan de Incentivos del Ministerio de Comercio Exterior. La Ministra de Comercio Exterior, en uso de las facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 443 de 1998, el Decreto-ley 1567 de 1998, el Decreto Reglamentario 1572 de 1998, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 34 del Decreto 1567 de 1998 y 125 del Decreto 1572 de 1998, es deber del jefe de la entidad adoptar y desarrollar internamente planes anuales de incentivos institucionales, de acuerdo con la ley y los reglamentos; Que el último inciso del artículo 26 del Decreto 1567 de 1998 dispone que los programas de incentivos que buscan reconocer el desempeño en niveles de excelencia se estructurarán a través de planes de incentivos; Que el artículo 29 del precitado decreto expresa, que los planes de incentivos para los empleados se orientan a reconocer los desempeños individuales del mejor empleado de la entidad y de cada uno de los niveles jerárquicos que la conforman, así como de los equipos de trabajo que alcancen niveles de excelencia; Que para reconocer el desempeño en niveles de excelencia, los artículos 30 del Decreto 1567 de 1998 y 124 del Decreto 1572 de 1998, establecen que se podrá organizar planes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios, para los empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción en los niveles ejecutivo, profesional, técnico, administrativo y operativo de la institución; Que en atención a las citadas consideraciones, RESUELVE: Artículo 1º. Adoptar, mediante esta resolución, el Plan de Incentivos del Ministerio de Comercio Exterior, el cual está orientado a reconocer el desempeño laboral del mejor empleado de carrera, los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico, los mejores equipos de trabajo de la entidad y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la misma, escogido entre aquellos que pertenezcan a los niveles ejecutivo, profesional, técnico, administrativo u operativo. Artículo 2°. Incentivos pecuniarios. Al mejor equipo de trabajo del Mincomex, dentro del plazo establecido en el parágrafo 1° del artículo 129 del Decreto 1572 de 1998, se le premiará con una suma equivalente a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de la elección, la cual se repartirá en partes iguales y en efectivo entre los colaboradores que conformen el equipo. Artículo 3°. Incentivos no pecuniarios. El mejor empleado de...
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