RESOLUCION 109 RD 5625 - 3 de Julio de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 577539834

RESOLUCION 109 RD 5625

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5625 3 JULIO 2015
EmisorVeeduria Distrital
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5625 • pP. 1-3 • 2015 • JUlIO 3
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., al primer (1) día del mes
de julio de dos mil quince (2015).
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Alcaldesa Mayor (E.)
MARÍA CONSTANZA GARCÍA ALICASTRO
Secretaria Distrital de Movilidad
JORGE ENRIQUE ROJAS RODRÍGUEZ
Secretario Distrital de Integración Social
MAURICIO BUSTAMANTE GARCÍA
Secretario Distrital de Salud
VEEDURÍA DISTRITAL
Resolución Número 109
(Mayo 25 de 2015)
“Por la cual se reglamentan los permisos en la
Veeduría Distrital“.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales, especialmente las conferidas en el
bia, artículo 9 de la Ley 489 de 1998, artículo 4
del Acuerdo 24 de 1993, modificado por el Acuer-
do 207 de 2006, y el Decreto Ley 160 de 2014, y
CONSIDERANDO:
lo 209, dispone que la función administrativa está al
servicio de los intereses generales se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
ecacia, economía, celeridad, imparcialidad y publici-
dad. Igualmente, que las autoridades administrativas
deben coordinar sus actuaciones para el adecuado
cumplimiento de los nes del Estado.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, prevé, que:
“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dis-
puesto en la Constitución Política y de conformidad con
la presente Ley, podrán mediante acto de delegación,
transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores
o a otras autoridades, con funciones anes o comple-
mentarias.(…)”.
Que el literal a) del artículo 4º. Del Acuerdo 24 de 1993
“Por el cual se determina la estructura orgánica de la
Veeduría Distrital, se denen sus funciones generales
por dependencia, se establece su planta de personal;
se adopta el sistema especial de nomenclatura y cla-
sicación de cargos, se ja la escala de remuneración
para los distintos empleos y se dictan otras disposicio-
nes”, dispone que corresponde a la Veedora Distrital
la dirección de la entidad.
Que de conformidad con el Manual de Funciones,
Requisitos y Competencias Laborales de la planta
global de empleos de la Veeduría Distrital, adoptado
mediante Resolución N°.087 de 2013, dentro de las
funciones atribuidas a la Veedora Distrital se encuen-
tra la de “Dirigir la acción de la Veeduría Distrital, de
conformidad con lo dispuesto en la Constitución, las
leyes y el Acuerdo 24 de 1993 propugnando por el
cumplimiento de los objetivos previstos.”
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 33
del Decreto Ley 1042 de 1978, la Veeduría Distrital
tiene establecido el horario de trabajo para los ser-
vidores públicos de la entidad. Igualmente, mediante
Resolución 120 del 8 de agosto de 2013 estableció el
horario laboral exible, en todo caso dando cumpli-
miento a la jornada máxima laboral y al descanso en
los términos previstos en la ley.
Que el Decreto 2400 de 1968, “Por el cual se modican
las normas que regulan la administración del personal
civil y se dictan otras disposiciones”, establece que el
permiso es una situación administrativa en la cual pue-
de encontrarse un servidor público. En este sentido,
el artículo 74 del Decreto 1950 de 1973, reglamentario
de la norma citada, prevé: “El empleado puede solicitar
por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días,
cuando medie justa causa. Corresponde al jefe del
organismo respectivo, o a quien haya delegado la
facultad, el autorizar o negar los permisos.” (Re-
saltado fuera de texto).
establece como derecho de los servidores públicos el
obtener permisos y licencias de conformidad con lo
dispuesto en la ley; señalando además, entre otros,
como deberes de los servidores: “Dedicar la totalidad
del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de
las funciones encomendadas, salvo las excepciones
legales”. ”Ejercer sus funciones consultando perma-
nentemente los intereses del bien común, y teniendo
siempre presente que los servicios que presta consti-
tuyen el reconocimiento y efectividad de un derecho y
buscan la satisfacción de las necesidades generales
de todos los ciudadanos”. “Capacitarse y actualizarse
en el área donde desempeña su función”. Agregado a
los derechos y deberes, también se encuentran las pro-
hibiciones, entre las que se destacan, las relacionadas
con: incumplir los deberes o abusar de los derechos;
RESOLUCIÓN DE 2015

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