Resolución 11370, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número 09283 del 12 de octubre de 2004. - 29 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242169

Resolución 11370, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número 09283 del 12 de octubre de 2004.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín46406

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el literal w) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 y del artículo 25 del Decreto 614 de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 09283 del 12 de octubre de 2004 se conformaron los Comités Paritarios de Salud Ocupacional y se designaron los vigí as ocupacionales de la Unidad Administrativa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Que mediante Decreto 2392 del 18 de julio de 2006 se modificó la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Que mediante Resolución 08045 del 21 de julio 2006 se reorganizan la conformación de las Direcciones Regionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se determinan las administraciones que las integran;

Que mediante Resolución 08253 del 27 de julio 2006 se modifica la Resolución 08046 de 2006, en el sentido de determinar la jurisdicción y competencia de la DIAN,

RESUELVE:

Artículo 1° Modifícase el artículo 3º de la Resolución 09283 del 12 de octubre de 2004, el cual quedará así:

¿Artículo 3°. Conformar los Comités Paritarios de Salud Ocupacional de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales así:

  1. En el Nivel Central estará conformado por:

  2. El Secretario de Desarrollo Institucional, quien lo presidirá. Su suplente será el Secretario General.

  3. El Subsecretario de Recursos Físicos. Su suplente será el Subsecretario de Recursos Financieros.

  4. El Subsecretario de Personal. Su suplente será el Jefe del Grupo Interno de Trabajo de Seguridad Social.

  5. El Subsecretario de Desarrollo Humano. Su suplente será el Subsecretario de Planeación.

  6. Y cuatro (4) representantes de los empleados con sus respectivos suplentes, elegidos mediante votación de los empleados públicos nombrados, posesionados y ubicados en el Nivel Central.

  7. En la Administración Especial de Aduanas de Bogotá y en la Administración Especial de Impuestos de las Personas Jurídicas de Bogotá, estará conformado por:

  8. El Administrador Especial quien lo presidirá. Su suplente será el Jefe de la División Jurídica.

  9. El Jefe de la División de Documentación. Su suplente será el Jefe de la División de Fiscalización.

  10. El Jefe de la División de Liquidación. Su suplente será el Jefe de la División de Cobranzas.

  11. Y tres (3) representantes de los empleados con sus respectivos suplentes, elegidos mediante votación de los empleados públicos nom brados, posesionados y ubicados en las citadas Administraciones.

  12. En la Administración Local de Impuestos de las Personas Naturales incluido el despacho de la Regional Centro estará conformado por:

  13. El Director Regional, quien lo presidirá. Su suplente será el Jefe de la División Jurídica.

  14. El Jefe de la División de Recursos Físicos y Financieros. Su suplente...

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