Resolución 1141, por la cual se resuelve una solicitud del municipio de Palmira para efectuar pagos hasta por dos millones doscientos cuarenta y dos mil quinientos pesos ($2.242.500) para pagar el 50% restante del valor del cambio de la parte eléctrica circuito inverso e instalación, calibración y puesta en funcionamiento de la UPS matriz 5000, de la Gerencia de Hacienda y Finanzas Públicas - 16 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43159040

Resolución 1141, por la cual se resuelve una solicitud del municipio de Palmira para efectuar pagos hasta por dos millones doscientos cuarenta y dos mil quinientos pesos ($2.242.500) para pagar el 50% restante del valor del cambio de la parte eléctrica circuito inverso e instalación, calibración y puesta en funcionamiento de la UPS matriz 5000, de la Gerencia de Hacienda y Finanzas Públicas

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44457

DIARIO OFICIAL 44.457 RESOLUCIÓN 1141 12/06/2001 por la cual se resuelve una solicitud del municipio de Palmira para efectuar pagos hasta por dos millones doscientos cuarenta y dos mil quinientos pesos ($2.242.500) para pagar el 50% restante del valor del cambio de la parte eléctrica circuito inverso e instalación, calibración y puesta en funcionamiento de la UPS matriz 5000, de la Gerencia de Hacienda y Finanzas Públicas. La Directora General de la Dirección de Apoyo Fiscal, en uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos 1133 de 1999 y 694 del 2000 y la Resolución número 395 del 2000, y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución número 0439 de marzo 14 de 2001 la Dirección General de Apoyo Fiscal aceptó la solicitud de promoción de un acuerdo de reestructuración de pasivos presentada por el Municipio de Palmira y designó su promotor; Que en atención a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 694 de 2000, mediante acta del 28 de marzo de 2001 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el municipio de Palmira determinaron las actividades que el municipio podrá celebrar durante la etapa de negociación del acuerdo de reestructuración de pasivos que adelanta, así como las actividades en las cuales no podrá incurrir; Que dentro de las actividades que la citada acta determinó, se establece que el municipio no podrá efectuar pagos, o transacciones de ninguna clase de obligaciones a su cargo, que no correspondan a las necesarias para evitar la parálisis del servicio y puedan afectar derechos fundamentales; Que mediante la comunicación del 6 de junio de 2001 el alcalde ha solicitado autorización para efectuar el pago del 50% restante del valor del cambio de la parte eléctrica circuito inverso e instalación, calibración y puesta en funcionamiento de la UPS matriz 5000, de la Gerencia de Hacienda y Finanzas Públicas; Que mediante...

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