Resolución 1300, por medio de la cual se distribuyen parcialmente al departamento de Magdalena recursos del anticipo de que trata el parágrafo 6° del artículo 2° de la Ley 549 de 1999 y se modifican las Resoluciones Minhacienda 0971, 1022 y 1153 de 2000. - 20 de Junio de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43137869

Resolución 1300, por medio de la cual se distribuyen parcialmente al departamento de Magdalena recursos del anticipo de que trata el parágrafo 6° del artículo 2° de la Ley 549 de 1999 y se modifican las Resoluciones Minhacienda 0971, 1022 y 1153 de 2000.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44050

DIARIO OFICIAL 44.050 RESOLUCIÓN 1300 14/06/2000 por medio de la cual se distribuyen parcialmente al departamento de Magdalena recursos del anticipo de que trata el parágrafo 6° del artículo de la Ley 549 de 1999 y se modifican las Resoluciones Minhacienda 0971, 1022 y 1153 de 2000. La Directora de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 4 del Decreto 227 de 2000, y CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 2° de la Ley 549 de 1999 señaló los recursos que se deben destinar al pago de los pasivos pensionales de las Entidades Territoriales, y al Fondo de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet, que creó esa misma ley; 2. Que el parágrafo 6° del artículo de la Ley 549 de 1999 ordenó al Gobierno Nacional anticipar una parte de los mencionados recursos a las Entidades Territoriales que tuvieran mesadas pensionales atrasadas a 30 de octubre de 1999, para cubrir dicha deuda pensional, descontando el valor del anticipo de los recursos, que deba girar la Nación al Fonpet en la parte que corresponda a la respectiva cuenta de las Entidades Territoriales; 3. Que el Decreto 227 de 2000, que reglamentó parcialmente la Ley 549 de 1999, señaló el procedimiento que debe cumplirse para que las entidades territoriales accedan al anticipo de recursos que deba girar la Nación al FONPET, y encargó a la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la distribución de los recursos correspondientes; 4. Que el 29 de febrero de 2000 el Departamento de Magdalena presentó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección de Apoyo Fiscal la certificación de mesadas pendientes de pago de que habla el artículo 2° del Decreto 227 de 2000 y solicitó el respectivo anticipo del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales; 5. Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección de Apoyo Fiscal, realizó las verificaciones que señala el artículo 3° del Decreto 227 de 2000 y levantó las actas pertinentes de todo ello; 6. Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe proceder a hacer la distribución de recursos a través de la Dirección de Apoyo Fiscal, como lo prevé el artículo 4° del Decreto 227 de 2000; 7. Que el Departamento de Chocó presentó y justificó modificaciones a la nómina que sirvió de base para la liquidación correspondiente al artículo 1° de la Resolución Minhacienda 1022 de 2000; 8. Que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR