Resolución 1359, por la cual se autoriza a Isagén S.A. ESP, para celebrar contratos de entrega futura (forwards), según lo dispuesto en la Resolución Externa número 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República - 26 de Julio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43178682

Resolución 1359, por la cual se autoriza a Isagén S.A. ESP, para celebrar contratos de entrega futura (forwards), según lo dispuesto en la Resolución Externa número 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44879

El Director General de Crédito Público (E.), en uso de las facultades que le confieren el artículo 27 del Decreto 2681 de 1993, la Resolución número 2650 del 12 de noviembre de 1996 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Resolución número 1200 del 28 de junio de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Oficio número 083‑1986 del 28 de mayo d e 2002, el Director de Servicios Financieros de Isagén S.A. ESP, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público renovar la autorización otorgada mediante Resolución 0824 del 2 de mayo de 2001 para efectuar operaciones de cobertura sobre sus compromisos de servicio de deuda durante el año 2002 y el primer semestre del año 2003;

Que la anterior solicitud se enmarca dentro de la estrategia financiera del Gobierno Nacional de reducir riesgos en los pagos de deuda pública externa denominada en dólares y en otras divisas convertibles;

Que el capítulo VIII de la Resolución Externa número 8 de 2000, de la Junta Directiva del Banco de la República, autoriza a los intermediarios del mercado cambiario y demás residentes, para celebrar operaciones de derivados financieros sobre tasa de interés y tasa de cambio transados con los intermediarios del mercado cambiario o con agentes del exterior que realicen este tipo de operaciones de manera profesional;

Que según lo dispuesto en el artículo undécimo de la Ley 533 de 1999, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios, oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento en su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades...

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