Resolución 1484, por medio de la cual se resuelve la promoción de un acuerdo de reestructuración y se designa su promotor - 28 de Julio de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139548

Resolución 1484, por medio de la cual se resuelve la promoción de un acuerdo de reestructuración y se designa su promotor

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44102

DIARIO OFICIAL 44.102 RESOLUCIÓN 1484 11/07/2000 por medio de la cual se resuelve la promoción de un acuerdo de reestructuración y se designa su promotor. La Directora General de la Dirección de Apoyo Fiscal, en uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos 1133 de 1999 y 694 de 2000 y la Resolución número 395 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el doctor Ralph Newball Sotelo, en su calidad de Gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ha presentado solicitud formal de promoción de un acuerdo de reestructuración de pasivos, acreditando los requisitos exigidos para el efecto por el artículo 6° de la Ley 550 de 1995 y el Decreto 694 de 2000; Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6 y 58 de la Ley 550 de 1999, corresponde de manera exclusiva al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la promoción de los acuerdos de reestructuración de pasivos que en desarrollo de dicha ley adelanten las entidades territoriales y del nivel territorial; Que la Resolución número 395 de febrero 28 de 2000, asignó las funciones previstas en la Ley 550 de 1999 para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Dirección General de Apoyo Fiscal; Que de conformidad con lo señalado por el artículo 2° del Decreto 694 de abril 18 de 2000, la designación de promotores en los acuerdos de reestructuración, previstos en el Título V de la Ley 550 de 1999, podrá recaer en funcionarios o en quienes estén prestando servicios en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para tal efecto percibirán la misma remuneración y en las mismas condiciones de su vinculación. En tales eventos no se requerirá la constitución de las garantías de que trata el artículo 10 de la Ley 550 de 1999, RESUELVE: Artículo 1°. Aceptar la solicitud de promoción de un acuerdo de reestructuración de pasivos presentada por el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, dado que ha acreditado los requisitos exigidos por la Ley 550 de 1999 para este efecto. Artículo 2°. Designar al doctor...

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