Resolución 1510, por la cual se admite como válido un documento para liquidar convenios interadministrativos suscritos por la Comisión Nacional de Regalías. - 28 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43217393

Resolución 1510, por la cual se admite como válido un documento para liquidar convenios interadministrativos suscritos por la Comisión Nacional de Regalías.

Número de Boletín45775

El Director del Departamento Nacional de Planeación, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el Decreto 195 de 2004 y los artículos 60 y 61 de la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 149 de 2004 suprimió la Comisión Nacional de Regalías y ordenó su liquidación;

Que de conformidad con el artículo 52 del Decreto 195 de 2004, "por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación", a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, todas las referencias que hagan las disposiciones legales vigentes a la Comisión Nacional de Regalías, se entenderán referidas, en lo pertinente, al Departamento Nacional de Planeación. Dicho decreto entró a regir a partir del 29 de enero de 2004, fecha en la cual se produjo su publicación en el Diario Oficial;

Que durante la vigencia de la Comisión Nacional de Regalías se suscribieron convenios interadministrativos con entidades territoriales, cuyo objeto consistió en hacer la entrega de recursos provenientes del Fondo Nacional de Regalías para la ejecución de proyectos y establecer los compromisos y obligaciones que asumirían las partes para asegurar su correcto manejo e inversión;

Que la Comisión Nacional de Regalías designó interventorías administrativas y financieras para cada uno de los convenios referidos en el considerando anterior, a los cuales las entidades territoriales debían presentarles informes financieros y de ejecución del proyecto. A su vez, dichas interventorías deben presentar informes finales de ejecución de los proyectos e iniciaron, en algunos casos, el trámite de liquidación de los mismos;

Que de conformidad con las disposiciones de la Ley 80 de 1993, los convenios interadministrativos celebrados entre la Comisión Nacional de Regalías y las entidades territoriales, deben ser liquidados, competencia que, conforme a las normas referidas, corresponde al Departamento Nacional de Planeación;

Que el parágrafo del artículo 5º de la Resolución 0690 de 2004, publicada el 26 de junio de 2004 en el Diario Oficial, señala que los entes ejecutores de asignaciones del Fondo Nacional de Regalías podrán optar por la aplicación inmediata de las disposiciones previstas en el mismo, solicitando por escrito a la Subdirección de Regalías del Departamento Nacional de Planeación, la respectiva terminación y liquidación por mutuo...

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