Resolución 18 0306 - 7 de Marzo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43247304

Resolución 18 0306

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín46563

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 070 de 2001, y el artículo 317 de la Ley 685 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 5 del artículo 1° del Decreto 145 del 19 de enero de 1995 ¿por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 141 de 1994¿, designa al Instituto de Fomento Industrial, IFI, para el recaudo, distribución y transferencia de las regalías derivadas de la explotación de sal, hasta que se liquide el contrato vigente entre el Gobierno Nacional y el mencionado Instituto;

Que el artículo 2° del Decreto 2590 de 2003, modificado por los artículos 1° de los Decretos 2777 de 2005, 2507 de 2006 y 4544 del 22 de diciembre de 2006, establece que el proceso de liquidación del Instituto de Fomento Industrial, IFI, deberá concluir a más tardar el 31 de julio de 2007;

Que pese a que el contrato no se ha liquidado, es necesario liberar al referido Instituto, del cumplimiento de la función de recaudo, distribución y transferencia de las regalías derivadas de la explotación de sal, con el fin de agilizar su proceso de liquidación;

Que por su parte, el Decreto 252 de 2004 modificado por el Decreto 3577 de 2004, al señalar las funciones de la Subdirección de Fiscalización y Ordenamiento Minero, del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, entre otras, establece la de liquidar, recaudar, distribuir y transferir las regalías y cualquier otra contraprestación derivada de la explotación de minerales, sin hacer ninguna distinción ni excepción sobre el tipo de mineral;

Que hasta el momento el IFI viene realizando el recaudo, distribución y transferencia de las regalías derivadas de la explotación de sal, en consecuencia se hace necesario...

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