Resolución 18 0596 - 31 de Mayo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43237189

Resolución 18 0596

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín46285

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los Decretos 070 y 2195 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 19 del artículo del Decreto 70 de 2001 le corresponde al Ministerio de Minas y Energía ¿Fijar los precios de los productos derivados del petróleo a lo largo de toda la cadena de producción y distribución, con excepción del Gas Licuado del Petróleo¿;

Que la Ley 681 de 2001 estableció que los combustibles líquidos derivados del petróleo distribuidos por Ecopetrol S. A. en las Zonas de Frontera, estarán exentos de arancel, IVA e impuesto global;

Que mediante Decreto 1980 de 2003, modificado por el Decreto 3353 de 2004, el Gobierno Nacional reglamentó de manera especial la distribución de combustibles en las Zonas de Frontera del departamento de La Guajira;

Que mediante el artículo 8° del Decreto 2195 de 2001 se determinó que el Ministerio de Minas y Energía definirá la estructura de precios de los combustibles en las Zonas de Frontera de acuerdo con los costos en los que incurra Ecopetrol S. A. y la cadena de distribución que utilice;

Que mediante Resolución 124 022 de 2006 la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de...

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