Resolución 18-0633 - 4 de Julio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43177653

Resolución 18-0633

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín44855

La Ministra de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales y, en especial las conferidas por el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, el Decreto 070 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 070 de 2001 en el artículo 3°, numeral 20, entre las funciones del Ministerio de Minas y Energía estableció:

¿20. Regular, controlar y licenciar a nivel nacional todas las operaciones concernientes a las actividades nucleares y radiactivas¿ (negrillas fuera de texto).

Que los numerales 14 y 15 del artículo 5° ibidem prevén que:

¿Artículo 5°. Son funciones del Ministro de Minas y Energía:

  1. Dictar las normas y reglamentos para la gestión segura de materiales nucleares y radiactivos en el país y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de protección radiológica y seguridad nuclear.

  2. Fijar las tarifas de todos los servicios de licenciamiento y control para la gestión de materiales nucleares y radiactivos en el país¿ (negrilla y subraya fuera de texto);

Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con...

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