Resolucion 09254 - 2008 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 25 de Septiembre de 2008 - Normativa - VLEX 408651902

Resolucion 09254 - 2008 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 25 de Septiembre de 2008

RESOLUCIÓN No. 09254

(25 de septiembre de 2008)

"Por la cual se modifica parcialmente la resolución 4240 de 2000"

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En ejercicio de las facultades legales conferidas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999, y en el Decreto 2685 de 1999, sus modificaciones y adiciones.

RESUELVE

ARTÍCULO 1º. Adiciónase el artículo 38-2 de la resolución 4240 de 2000 con el siguiente parágrafo:

"Parágrafo 2. El usuario operador autorizado con el lleno de los requisitos aquí establecidos deberá, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 3 de la Ley 1004 del 2005, en concordancia con el numeral 1 del artículo 393-16 del decreto 2685 de 1999, dirigir y administrar de manera exclusiva la zona franca permanente declarada, siendo éste el único autorizado legalmente para ejercer las funciones propias de la dirección y administración de la zona franca y para tomar decisiones que tengan relación directa con las mismas.

En consecuencia, el usuario operador es el único autorizado para ejercer funciones como las siguientes, sin perjuicio de las demás establecidas en el decreto 2685 de 1999:

  1. Controlar el ingreso y salida de mercancías de la zona franca;

  • Definir de acuerdo con los requerimientos legales las medidas de seguridad y el servicio de vigilancia que garanticen el control y seguridad en las instalaciones de la zona franca;
  • Solicitar ante esta entidad la autorización para la ubicación en la zona franca de personas naturales o jurídicas que no ostenten la calidad de usuarios y presten servicios relacionados con la actividad de la zona franca;
  • Comprar, arrendar, enajenar o disponer a cualquier título, los bienes inmuebles con destino a las actividades de la zona franca.
  • De acuerdo con lo anterior; en la zona franca permanente declarada no podrán existir administraciones diferentes a la ejercida por el usuario operador.

    ARTÍCULO 2. Adiciónase el artículo 38-11 de la resolución 4240 de 2000 con el siguiente parágrafo:

    Parágrafo. En las zonas francas permanentes declaradas al amparo de lo establecido en el parágrafo 3 del articulo 393-2 del decreto 2685 de 1999, adicionado por el articulo 1 del decreto 780 del 13 de marzo de 2008, podrá autorizarse la permanencia de personas jurídicas que ya se encontraban realizando actividades industriales en el área declarada como zona franca permanente que no aspiren a ser calificados como usuarios industriales. Para tal efecto, el usuario...

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