Resolución 265, por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Manual de Procedimientos.
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación |
Número de Boletín | 46347 |
El Contador General de la Nación, en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio de 1996, el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 222 de 2006 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública;
Que las entidades incluidas en el ámbito de aplicación del régimen de contabilidad pública han expresado la dificultad que tiene la clasificación de las operaciones de crédito público y las obligaciones financieras;
Que el concepto de obligaciones financieras no recoge las operaciones de financiamiento distintas a las definidas como operaciones de crédito público;
Que es necesario redefinir los criterios para el reconocimiento y revelación de las operaciones de crédito público y establecer los relativos a las operaciones de financiamiento, precisando su aplicación para las entidades de los niveles nacional y territorial;
Que la Contraloría General de la República ha efectuado observaciones al Balance General de la Nación en cuanto a la clasificación de la deuda pública como operación de crédito público;
Que es necesario simplificar la estructura de cuentas de las operaciones de crédito público y crear una estructura para registrar las operaciones de financiamiento e instrumentos derivados con fines de cobertura, distintas de las operaciones de crédito público;
Que por lo anterior se requiere modificar el Catálogo General de Cuentas del Manual de procedimientos, en lo relacionado con las operaciones referidas,
RESUELVE:
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CLASE
GRUPO
CUENTA
2
22
2212
PASIVO
OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL
OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO EXTERNAS DE CORTO PLAZO
Descripci ón
Representa el valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos, en la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública que se celebren exclusivamente con no residentes, con plazo para su pago inferior o igual a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas: 1110 ¿Bancos y corporaciones, 1125 ¿Fondos especiales y 5722 ¿Operaciones sin flujo de fondos.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
-
El valor de la cancelación parcial o total de los préstamos por concepto de capital.
-
El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
-
El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado
SE ACREDITA CON:
-
El valor de los desembolsos recibidos por la contratación de empréstitos.
-
El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
-
El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE
GRUPO
CUENTA
2
22
2213
PASIVO
OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL
OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO EXTERNAS DE LARGO PLAZO
Descripción
Representa el valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos, en la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública y en créditos de proveedores, que se celebren exclusivamente con no residentes, con plazo para su pago superior a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas: 1106 ¿Cuenta única nacional, 1110 ¿Bancos y corporaciones, 1125 ¿Fondos especiales y 5722 ¿Operaciones sin flujo de fondos.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
-
El valor de la cancelación parcial o total de los préstamos por concepto de capital.
-
El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
-
El valor de la deuda transferida a la Nación y la transferida a las entidades territoriales.
-
El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
SE ACREDITA CON:
-
El valor de los desembolsos recibidos por la contratación de empréstitos.
-
El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
-
Las obligaciones autorizadas y adquiridas como crédito de proveedores.
-
El valor de la deuda asumida por la Nación y por las entidades territoriales.
-
El valor de las obligaciones adquiridas en cumplimiento de garantías.
-
El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE
GRUPO
CUENTA
2
22
2214
PASIVO
OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL
FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL
Descripción
Representa el valor de las obligaciones originadas en las operaciones de financiamiento con la Banca Central.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas: 1106 ¿Cuenta única nacional.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
-
El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
SE ACREDITA CON:
-
El valor de los desembolsos recibidos.
CLASE
GRUPO
CUENTA
2
23
2306
PASIVO
OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA
OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE CORTO PLAZO
Descripción
Representa el valor de las obligaciones originadas en operaciones para cubrir situaciones temporales de iliquidez, obligaciones surgidas en acuerdos de pago, la contratación de empréstitos, y en la emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos de las empresas, adquiridas con residentes y con plazo para su pago inferior o igual a un año. También incluye las operaciones de la Nación a corto plazo como los créditos transitorios, de tesorería y otros créditos, y la emisión y colocación de bonos y títulos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas: 1106 ¿Cuenta única nacional, 1109 ¿Depósitos en institutos financieros y cooperativas y 1110 ¿Bancos y corporaciones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
-
El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
-
La restitución de los fondos comprados.
-
La cancelación de los sobregiros.
-
El incumplimiento del pacto en las operaciones Repo.
-
El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
-
El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado
SE ACREDITA CON:
-
El valor de los desembolsos recibidos.
-
El valor de los sobregiros obtenidos.
-
La utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez del Banco de la República, por parte de las entidades financieras.
-
El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
-
El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE
GRUPO
CUENTA
2
23
2307
PASIVO
OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA
OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE LARGO PLAZO
Descripción
Representa el valor de las obligaciones originadas en acuerdos de pago suscritos con la Nación y las entidades territoriales, así como la contratación de empréstitos y la colocación de bonos y títulos de las empresas, adquiridas con residentes y con plazo para su pago superior a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas: 1109 ¿Depósitos en institutos financieros y cooperativas y...
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