Resolución 2778, por medio de la cual se designan peritos para actuar en el proceso de reestructuración de pasivos del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. - 16 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43145247

Resolución 2778, por medio de la cual se designan peritos para actuar en el proceso de reestructuración de pasivos del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44260

DIARIO OFICIAL 44.260 RESOLUCIÓN 2778 12/12/2000 por medio de la cual se designan peritos para actuar en el proceso de reestructuración de pasivos del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. La Directora General de la Dirección de Apoyo Fiscal, en uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos 1133 de 1999 y 694 de 2000 y la Resolución número 395 de 2000, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos y 58 de la Ley 550 de 1999, corresponde de manera exclusiva al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la promoción de los acuerdos de reestructuración de pasivos que en desarrollo de dicha ley adelanten las entidades territoriales y del nivel territorial; Que la Resolución número 395 de febrero 28 de 2000, asignó las funciones previstas en la Ley 550 de 1999 para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Dirección General de Apoyo Fiscal; Que mediante Resolución número 1484 del 11 de julio de 2000, la Dirección General de Apoyo Fiscal aceptó la solicitud de promoción de un acuerdo de reestructuración de pasivos presentada por el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y designó su promotor; Que de conformidad con lo señalado por el artículo 2° del Decreto 694 de abril 18 de 2000, la designación de peritos en los acuerdos de reestructuración, previstos en el Título V de la Ley 550 de 1999, podrá recaer en funcionarios o en quienes estén prestando servicios en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para tal efecto percibirán la misma remuneración y en las mismas condiciones de su vinculación. En tales eventos no se requerirá la constitución de las garantías de que trata el artículo 10 de la Ley 550 de 1999. Que mediante Resolución número 1679 del 1° de agosto de 2000, en su artículo 2° se designó a la perito financiera del acuerdo que se adelanta en el departamento Archipiélago, la cual, por razones de reorganización de funciones dentro de la Dirección de Apoyo Fiscal, no seguirá adelantando tal labor en este ente territorial y en tal circunstancia se requiere designar un nuevo perito; Que dentro de proceso de reestructuración de pasivos adelantado con el departamento Archipiélago de San Andrés...

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