Resolución 2954, por la cual se trasladan recursos de la Nación al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet.
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 46106 |
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de lo dispuesto en los numerales 4 y 16 del artículo 3° y el numeral 32 del artículo 6° del Decreto 246 de 2004 y en desarrollo de lo previsto en el artículo 53 de la Ley 921 de 2004;
CONSIDERANDO:
Que es deber de la Nación trasladar al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet los recursos señalados en el numeral 11 del artículo 2° de la Ley 549 de 1999;
Que se encuentran en reserva presupuestal recursos por valor de $209.669.060.287, con Certificado de Disponibilidad Presupuestal 656, correspondientes a recaudos de aportes al Fonpet de impuesto del timbre nacional de la vigencia fiscal de 2004;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se encuentra realizando las verificaciones necesarias para la distribución de estos recursos entre las entidades territoriales a junio de 2004, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1308 de 2003 y 032 de 2005;
Que de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 921 de 2004, la ejecución de los recursos que deban ser girados al Fondo Nacional de Pensiones de las entidades territoriales con cargo al Presupuesto General de la Nación, se realizará por medio de resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ordenando el giro de los recursos. Si no fuere posible realizar el giro de los recursos a las administradoras del Fondo, bastará para el mismo efecto, que por dicha resolución se disponga la administración de los mismos por parte de la Dirección General de Crédito Público y el Tesoro Nacional, a través de una cuenta especial, mientras los recursos puedan ser efectivamente entregados;
RESUELVE:
Trasládense a las Entidades Administradoras del Patrimonio Autónomo del Fonpet recursos por valor de $175.000.000.000,00 correspondientes al impuesto de timbre nacional de la vigencia fiscal de 2004, conforme a lo prescrito en el numeral 11 del artículo 2° de la Ley 549 de 1999.
La suma restante del total de la reserva presupuestal a ejecutar, por $34.669.060.287, será administrada transitoriamente por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional en una cuenta especial y separada a nombre del Fonpet, mientras pueden ser efectivamente entregados a las entidades administradoras, de...
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