Resolución 3036, por la cual se modifica la Resolución 4240 de 2000 - 16 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174798

Resolución 3036, por la cual se modifica la Resolución 4240 de 2000

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44771

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 y en el artículo 358 del Decreto 2685 de 1999,

RESUELVE:

Artículo 1°

Modifícase el artículo 365 de la Resolución 4240 de 2000, modificado por el artículo primero de la Resolución 7650 del 31 de agosto de 2001, el cual quedará así:

¿Artículo 365. Restricciones. En desarrollo de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 358 del Decreto 2685 de 1999, no podrán someterse al régimen de tránsito aduanero las materias textiles y sus manufacturas, el calzado, polainas, artículos análogos y sus partes, clasificables en la Sección XI (Capítulos 50 a 63, ambos inclusive) y en el Capítulo 64 del Arancel de Aduanas, según corresponda.

Se exceptúan las mercancías clasificables en las siguientes partidas: 50.01; 50.02; 50.03; 51.01; 51.02; 51.03; 51.04; 51.05; 52.01; 52.02; 52.03; 52.04; 53.01; 53.02; 53.03; 53.04; 53.05; 54.01; 54.04; 54.05; 55.01; 55.02; 55.03; 55.04; 55.05; 55.06; 55.07; 55.08, y en la subpartida 56.01.10.00.00.

Parágrafo. No se aplicará esta restricción si el documento de transporte relativo a las mercancías de que trata el inciso primero del presente artículo, viene consignado o es endosado a un usuario de Zona Franca o, tratándose de materias textiles y sus manufacturas que vayan a ser sometidas a la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo, en los términos previstos en el inciso...

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