Resolución 4123, por la cual se reconoce personería jurídica a la Corporación Círculo Colombiano para a Educación, la Comunicación y el Desarrollo - 1 de Marzo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43149833

Resolución 4123, por la cual se reconoce personería jurídica a la Corporación Círculo Colombiano para a Educación, la Comunicación y el Desarrollo

EmisorVarios - Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Número de Boletín44343

DIARIO OFICIAL 44.343 RESOLUCIÓN 4123 09/11/2000 por la cual se reconoce personería jurídica a la Corporación Círculo Colombiano para a Educación, la Comunicación y el Desarrollo. La Secretaría de Educación de Santa Fe de Bogotá, D. C., en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los Decretos 791 de 1994, Ley 115 de 1994, 2150 de 1995, 0427 de 1996 y la Resolución 614 del 3 de abril de 1995 de la Secretaría de Educación, CONSIDERANDO: Que Germán Humberto Cortés Rojas mediante radicación 62121 del 13 de septiembre de 2000, identificado con cédula de ciudadanía número 3267601, expedida en Zipaquirá, en calidad de representante legal de la Corporación Círculo Colombiano para la Educación, la Comunicación y el Desarrollo, solicita se estudien los documentos, debido a que sus objetivos son de educación, igualmente pide el reconocimiento de personería jurídica. Documentación que complementó con la radicación número 71252 del 13 de octubre de 2000; Que el Decreto 791 de diciembre de 1994 emanado de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, atribuye la facultad a la Secretaría de Educación de Santa Fe de Bogotá de expedir resoluciones de reconocimiento de personería jurídica a los establecimientos educativos constituidos como entidades sin ánimo de lucro; Que mediante la Resolución 614 del 3 de abril de 1995, la Secretaría de Educación fijó las competencias y procedimientos que permiten el cumplimiento de la facultad delegada; Que el Decreto 2150 del 5 de diciembre de 1995 por el cual se suprimen y reforman procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública suprime el acto de reconocimiento de personería jurídica de algunas entidades privadas sin ánimo de lucro, de conformidad con lo establecido en el artículo 40, con excepción de la citada en el artículo 45, ibidem, entre las cuales se encuentran las instituciones de educación formal y no formal a que se refiere la Ley 115 de 1994; Que posteriormente se expide el Decreto 0427 de 1996 que reglamenta los artículos 40 a 45 del Decreto 2150 de 1995, ratificando la citada competencia. En cumplimiento de ésta y de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994 para la educación formal y no formal, y adelantado el estudio de los documentos que hacen parte integrante del expediente de la entidad, la Oficina Asesora Jurídica verificó el cumplimiento de los requisitos exigidos en las disposiciones anteriormente citadas, siendo procedente dicho...

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