RESOLUCION 435 RD 4692 - 15 de Julio de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438361610

RESOLUCION 435 RD 4692

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4692 15 JULIO 2011
EmisorSecretaria Distrital del Hábitat
45
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4692 • pP. 1-45 • 2011 • JULIO 15
En mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Revocar parcialmente la Resolución 147 del 08 de julio de 2008, por las razones expuestas en
la parte motiva de la presente decisión, en el sentido de excluir de la lista de inmuebles declarados como de
desarrollo prioritario el siguiente predio:
BARMANPRE CHIP CÉDULA
CATASTRAL
MATRÍCULA INMOBILIA-
RIA DIRECCIÓN
0092102301 AAA0131CATD SB 14810 50N - 451478 KR 99A 140D 51
ARTÍCULO 2.- Noticar de conformidad con el artículo
de la presente resolución al señor JOSÉ MARCELO
NIVIA NIVIA, en la KR 99A No. 140D51 de la ciudad
de Bogotá.
ARTÍCULO 3.- Publicar el contenido de la presente
Resolución en el Registro Distrital y en la Gaceta de
Urbanismo y Construcción, de conformidad con el
parágrafo 1º del Artículo 40 del Acuerdo Distrital 308
de 2008.
ARTÍCULO 4.- Contra la presente resolución no pro-
cede ningún recurso en la vía gubernativa.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días
del mes de marzo de dos mil once (2011).
JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO
Secretaria Distrital del Hábitat
Resolución Número 435
(Marzo 28 de 2011)
“Por medio de la cual se tramita una revocatoria
directa parcial de la Resolución No. 147 de 8 de
julio de 2008”.
LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT
De conformidad con las facultades conferidas
por el Acuerdo No. 257 de 2006, el Decreto Distri-
tal No. 121 de 2008, el Acuerdo No. 308 de 2008
y los artículos 69 y s.s. del Código Contencioso
Administrativo, y demás normas concordantes y
complementarias, y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Acuerdo Distrital 308 del 9 de junio
de 2008 el Concejo de Bogotá, D.C., adoptó el Plan de
Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras
Públicas para Bogotá, D.C., 2008 – 2012 “Bogotá Po-
sitiva: para Vivir Mejor”, estableciendo en su artículo
40 la Declaratoria de Desarrollo Prioritario, en los
siguientes términos:
“Artículo 40. Declaratoria de Desarrollo Prioritario.
En cumplimiento de la función social de la propiedad
de que trata el artículo 58 de la Constitución Política
y teniendo en cuenta la necesidad de generar suelo
urbanizado disponible para vivienda de interés social
o vivienda de interés prioritario dentro del territorio
distrital, se declara el desarrollo prioritario de los te-
rrenos destinados a este tipo de vivienda, localizados
al interior del perímetro urbano del distrito capital que
les aplique el tratamiento de desarrollo sin el trámite
de plan parcial, los localizados en los planes parciales
adoptados con anterioridad a la fecha de adopción
del presente plan y en las zonas con tratamiento de
renovación urbana.
Parágrafo 1. La Secretaría Distrital del Hábitat hará la
publicación en la Gaceta de Urbanismo y Construcción
de la identicación de los terrenos a los que se reere
el presente artículo, con los números de matrícula
inmobiliaria o cédula catastral dentro de los 30 días
calendario siguientes a la entrada en vigencia del plan.
Parágrafo 2. La Secretaría Distrital del Hábitat, será la
encargada del seguimiento al cumplimiento de la decla-
ratoria, y dado el caso, será la encargada del proceso
de enajenación forzosa ordenado por el Alcalde, en
los términos del Capítulo VI de la Ley 388 de 1997”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 1º
del artículo 40 del Acuerdo Distrital 308, la Secretaría
Distrital del Hábitat a través de la Resolución No. 147
del 8 de julio de 2008, realizó la identicación de los
predios objeto de la Declaratoria de Desarrollo Priori-
tario que consideró debían cumplir con el proceso de
desarrollo por urbanismo, procediendo a la publicación
de dicho acto administrativo en la Gaceta de Urbanis-
mo y Construcción de Obra No. 498 del 9 de julio de
2008, así como en el periódico El Nuevo Siglo del día
11 de julio del mismo año.
Que dentro de los predios identicados en la Reso-
lución No. 147 de 2008, se encuentra el descrito a
continuación:

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