Resolución 4440, por la cual se establece el horario adicional de atención al público para la certificación del ejercicio del cargo de notario en los documentos que deben ser presentados en el exterior. - 28 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43239896

Resolución 4440, por la cual se establece el horario adicional de atención al público para la certificación del ejercicio del cargo de notario en los documentos que deben ser presentados en el exterior.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín46343

El Superintendente de Notariado y Registro, en ejercicio de las facultades legales, en especial de la que le confiere el numeral 9.2 del artículo 9° del Decreto 302 de 2004, y

CONSIDERANDO QUE:

La Resolución número 2756 de 2000, estableció como horario de trabajo para los funcionarios de la Superintendencia de Notariado y Registro, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. en jornada continua;

La Ley 962 de 2005, en su artículo 9°, estableció como jornada mínima para atención al público, en las entidades estatales, ocho (8) horas diarias;

El horario para la prestación del servicio de certificación del ejercicio del empleo de notario, en los documentos que requieran ser presentados en el exterior, debe ajustarse a la jornada establecida en las disposiciones antes señaladas, y ampliarse un poco por ser una labor que sólo se puede cumplir en Bogotá, D. C., tanto para lo de competencia de la Superintendencia de Notariado y Registro, como para lo de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores en lo relacionado con el apostillamiento;

Corresponde a la Dirección de Gestión Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, certificar con su firma el ejercicio del empleo de notario, de conformidad con lo establecido en el numeral 18.10 del artículo 18 del Decreto 302 de 2005,

RESUELVE:

Artículo 1° Establécese un horario...

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