Resolución 4807, por medio de la cual se levanta la suspensión de los términos y la no prestación del servicio público registral en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia, Quindío, Pasto, Nariño y Villavicencio, Meta. - 10 de Agosto de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240530

Resolución 4807, por medio de la cual se levanta la suspensión de los términos y la no prestación del servicio público registral en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia, Quindío, Pasto, Nariño y Villavicencio, Meta.

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia
Número de Boletín46356

El Director de Registro, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 19, ordinales 1, 2, 11 y 12 del Decreto 302 de 2004 y atendiendo las siguientes,

CONSIDERACIONES:

La Superintendencia de Notariado y Registro se encuentra implementando el Sistema de Integración de Registro, SIR, proy ecto que propende por la Modernización del Sistema Registral Colombiano por lo que las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia, Quindío, Pasto, Nariño y Villavicencio, Meta, deben integrarse al nuevo aplicativo;

Por los procesos y la nueva tecnología que se desarrolla para la sistematización e implementación del nuevo aplicativo en las precitadas Oficinas fue necesario ordenar por medio de la Resolución número 4160 del diez (10) de julio de 2006, la suspensión de los términos y la no prestación del servicio público registral, entre el día (31) de julio y el (14) de agosto de 2006, de acuerdo a la programación establecida para el alistamiento, la capacitación de los funcionarios, las pruebas del aplicativo y la producción contempladas en el proyecto;

Que por la complejidad de los procesos que deben adelantarse para la implementación del Sistema de Integración de Registro, SIR, en las Oficinas referidas se hace necesario realizar ajustes técnicos que garanticen la puesta en marcha del aplicativo, y mientras esto se efectúa debe reanudarse el servicio público registral y levantarse la suspensión de los términos y seguir laborando con el sistema existente en las Oficinas de Instrumentos Públicos citadas, a...

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