Resolución 559, por la cual se decide dejar sin valor ni efectos jurídicos la anotación 03 de los folios de matrículas inmobiliarias 50S-40105014, 50S-40105015 y 50S-4010501
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá, Zona Sur |
Número de Boletín | 46478 |
(Exp. D.P. 099/06).
El Registrador de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Sur, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 5°, 35 y 82 del Decreto-ley 1250 de 1970, 23 del Decreto 302 de 2004, y
CONSIDERANDO QUE:
Antecedentes
Que a través de derecho constitucional de petición, mediante escrito radicado bajo el número 14391 del 31 de julio de 2006 Jesús Antonio Cárdenas Benavides y Juan Carlos Navarro Ordoeñez, quienes se identifican con las cédulas de ciudadanía 79103019 y 80416048 respectivamente, hicieron a esta Oficina de Registro la siguiente solicitud:
¿anulación de la anotación número 03 en cada uno de los folios de matrícula 50S-40105014, 50S-40105015 y 50S-40105016¿.
Fundamentos legales
Artículos 35 y 82 del Decreto 1250 de 1970, Instrucción Administrativa 50 de 2001 de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Pruebas
¿ Escritura 1301 de 2 marzo de 1989 Notaría 27 de Bogotá, D. C.
¿ Escritura 5155 de 21 de mayo de 1990 Notaría 27 de Bogotá, D. C.
Escritu ra 1235 de 15 de agosto de 1995 Notaría única de Cáqueza, Cundinamarca.
¿ Certificado de tradición y libertad de los inmuebles con Folios de Matrícula Inmobiliaria 50S-40105014, 50S-40105015 y 50S-40105016.
¿ Certificado de tradición y libertad de los inmuebles con Folios de Matrícula Inmobiliaria 50S-40105028, 50S-40105029 y 50S-40105030.
¿Consideraciones fácticas y jurídicas
El folio de matrícula inmobiliaria 50S-40105028, con fecha de apertura 28-07-1992, identifica a un inmueble distinguido como Parcela número 14 de la Sección E, con área de 72.00 m2, situado en la jurisdicción de Usme, Distrito Especial de Bogotá, alinderado así: Norte, en extensión de 6 metros colindando con la calle vial de la parcelación; Sur, en extensión de 6 metros colindando con parte de la parcela número 13 de la sección E, de la parcelación; Oriente, en extensión de 12 metros colindando con la parcela número 15 de la parcelación; y por el Occidente, en extensión de 12 metros colindando con carrera vial de la parcelación.
Por su parte...
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