Resolución 672, por la cual se da cumplimiento a un fallo de tutela proferido por la Sala Civil ¿ Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué. - 5 de Agosto de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240315

Resolución 672, por la cual se da cumplimiento a un fallo de tutela proferido por la Sala Civil ¿ Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín46351

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003, el artículo 48 del Decreto 975 de 2004, el Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 03 de 1991, en su artículo 6º define el Subsidio Familiar de Vivienda ¿(¿) como un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitarle una solución de vivienda de interés social, sin cargo de restitución siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece esta ley (¿)¿.

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 555 de 2003, corresponde al Fondo Nacional de Vivienda administrar los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana.

Que el numeral 9 del artículo del Decreto 555 de 2003, establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda ¿Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional¿.

Que los señores Aior Mirena Delarraury Echeverría y Efraín Avila Ramírez, el día 24 de febrero de 2004, presentaron petición ante la Caja de Compensación Comcaja del Tolima, en la que solicitan que se les subsane el error en la postulación de los hogares de la Urbanización Lady Di, pues las postulaciones vinculadas a este proyecto de vivienda fueron rechazados por presentar el tipo de solución de vivienda incorrecto.

Que mediante la Resolución 790 del 19 de noviembre de 2004 del Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, ¿por la cual se rechazan unas peticiones¿, rechazó la petición presentada por los señores Aior Mirena Delarraury Echeverría y Efraín Ávila Ramírez en virtud de que no son los hogares postulantes quienes presentaron la solicitud y a que el error es imputable a los postulantes en razón a que la Ley 812 de 2003 modificó el Decreto 2620 de 2000, entró en vigencia desde la fecha de su promulgación y aplicable de inmediato, bajo cuyos parámetros se han de realizar los procesos de postulación y asignación de los subsidios familiares de vivienda, atendiendo el postulado constitucional del artículo 4°, en el sentido de establecer que es deber de los nacionales y extranjeros acatar la Constitución y la ley, así como que la ley se predica por todos conocida desde el momento de su promulgación.

Que el señor Hipólito Rubio Mina, identificado con la cédula de ciudadanía número 93366781 instauró acción de tutela, contra el Fondo Nacional de Vivienda ¿Fonvivienda-, ante el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué, buscando la protección de los derechos constitucionales a una vivienda digna y al debido proceso.

Que el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué profirió fallo mediante proveído calendado el día 7 de febrero de 2006 denegando el amparo de los derechos invocados sobre la base de no observar ningún error o equivocación en la decisión tomada dentro de la actuación administrativa, ajustándose a la legalidad.

Que en segunda instancia, la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, decidió la impugnación interpuesta por la parte actora contra la sentencia del 07 de febrero de 2006 proferida por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué, mediante providencia calendada el 27 de abril de 2006, modificó la sentencia del 7 de febrero de 2006 en el sentido de: ¿Adicionar el fallo de 7 de febrero de 2006, proferido por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de esta ciudad, dentro del proceso de la referencia, requiriendo a Fonvivienda para que se haga efectivo el derecho a una vivienda digna a los hogares de la urbanización Lady Di...

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