Resolución 7735, por la cual se delegan unas funciones - 6 de Abril de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43205952

Resolución 7735, por la cual se delegan unas funciones

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín45513

El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 26 del artículo del Decreto 2153 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que el numeral 26 del artículo del Decreto 2153 de 1992 faculta al Superintendente de Industria y Comercio para reasignar y distribuir competencias entre las distintas dependencias de la entidad, de acuerdo con la estructura orgánica, cuando ello resulte necesario para el mejor desempeño de las funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Segundo. Que la Contraloría General de la República expidió la Resolución Orgánica 5544 de 17 de diciembre de 2003, por la cual se prescriben los métodos y la forma de rendir cuentas por parte de los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación y se unifican las distintas resoluciones orgánicas que sobre la materia, ha expedido dicha entidad.

Tercero. Que la Resolución 5544 de 2003 citada, se aplica para todas las entidades del orden nacional y territorial, y a los particulares que administren o manejen fondos, bienes o recursos públicos en sus diferentes y sucesivas etapas de planeación, recaudo o percepción, conservación, adquisición, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición sin importar su monto o participación, que estén sometidos o sean de la vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, por disposición constitucional y legal.

Cuarto. Que en virtud de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 1º de la Resolución 5544 de 2003, "Las entidades del orden nacional, los organismos de control fiscal de los distintos órdenes territoriales, las entidades descentralizadas territorialmente y por servicios de cualquier orden, los órganos creados por la Constitución y la ley que tienen régimen especial, o cuando alguna de las anteriores sea su garante o codeudora y el Banco de la República en lo pertinente a los recursos del Estado administrados o en fiducia", deben adicionalmente a...

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