Resolución 828, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, transfiere al Inurbe la propiedad de unos inmuebles - 26 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187254

Resolución 828, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, transfiere al Inurbe la propiedad de unos inmuebles

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Instituto de Crédito Territorial Unidad Administrativa Especial Liquidadora
Número de Boletín45045

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 1565 de 1996, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante la Ley 281 del 28 de mayo de 1996 se ordenó la creación de una Unidad Administrativa Especial Liquidadora para la terminación de los actos, contratos y operaciones del anterior Instituto de Crédito Territorial.

  2. Que mediante Decreto 1565 de 1995 se crea la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial, encargada de la administración, terminación y liquidación de los actos, contratos y operaciones iniciadas por el antiguo Instituto de Crédito Territorial, con anterioridad a la vigencia de la Ley 3ª de 1991.

  3. Que mediante la Ley 653 del 24 de mayo de 2001 se modifica el artículo 5º de la Ley 281 de 1996 adicionándose por un año más el plazo contemplado en el artículo en mención.

  4. Que el artículo 17, inciso 2 del Decreto 1565 de 1996, establece que cumplido el término, los activos, pasivos derechos y obligaciones que no se liquiden dentro del mismo, al igual que los archivos y documentos se transferirán al Inurbe.

  5. Que el artículo 4º Del decreto 1121 del 27 de mayo de 2002, establece que en cumplimiento de la Ley 281 de 1996 y el Decreto 1565 de 1996, los activos y pasivos, derechos y obligaciones de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, no liquidados a 28 de mayo de 2002 serán transferidos y asumidos por el Inurbe.

  6. Que en cumplimiento de las anteriores normas la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial, debe transferir al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, los inmuebles de su propiedad.

En consecuencia,

RESUELVE:

Artículo 1º Transferir al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, la propiedad o el derecho de dominio que la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de asuntos del Instituto de Crédito Territorial tiene sobre 106 inmuebles relacionados a continuación:

URBANIZACION NOGALES DE TIBABUYES

Dirección Res. Transferencia Not. Matrícula

1 . CRA 139 No. 129‑31 316 DEL 18‑12‑ 97 50N‑20304281

MANZANA 4/20‑36, LOTE 15

  1. CLLE 128A No. 136‑06 199 DEL 01‑07‑97 50N‑2029 4209

    MANZANA 33/2‑16, LOTE 14

  2. CRA 140 No. 129‑66 059 DEL 30‑03‑98 50N‑20310154

    MANZANA 36 4/20, LOTE 1

  3. CLLE 128A No. 136‑32 760 DEL 28‑12‑99 50N‑20337271

    MANZANA 33 2/26, LOTE 18

  4. CRA 140 No. 129‑24 129 DEL 18‑06‑99 50N‑20330586

    MANZANA 36 4/20, LOTE 7

  5. CRA 136 No. 129‑12 094 DEL 01‑06‑98 50N‑20316817

    MANZANA 32 7/22, LOTE 12

  6. CRA 136 No. 129‑59 094 DEL 01‑06‑98 50N‑20316815

    MANZANA 31 6/26, LOTE 22

  7. CLLE 129 No. 137‑11 228 DEL 28‑07‑97 50N‑20295201

    MANZANA 33 2/26, LOTE 9 9. CRA 136 No. 129‑09 129 DEL 18‑06‑99 50N‑20330583

    MANZANA 3 6/26, LOTE 15

  8. CLLE 128A No. 136‑49 154 DEL 19‑05‑97 50N‑20290788

    MANZANA 34 1/26, LOTE 6

  9. CRA 140 No. 129‑04 091 DEL 23‑03‑99 50N‑20327884

    MANZANA 36 4/20, LOTE 10

  10. CLL 128 No. 136‑72 199 DEL 19‑05‑97 50N‑20294214

    MANZANA 34 1/26, LOTE 24

  11. CLLE 129 No. 136‑17 154 DEL 19‑05‑97...

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