RESOLUCION 896 RD 5503 - 31 de Diciembre de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 551252354

RESOLUCION 896 RD 5503

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5503 31 DICIEMBRE
EmisorEMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5503 • pP. 1-19 • 2014 • diciembre 31
Jurídica de esta Secretaría en los ocios remisorios
adjuntos, los cuales hacen parte integral del presente
documento.
Que por lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Autorizar al INSTITUTO DISTRITAL
DE TURISMO - IDT, a través de su representante
legal, para celebrar un Convenio de Asociación con
LA ASOCIACION DE GUIAS DE TURISMO PROFE-
SIONALES DE BOGOTÁ, identicada con N.I.T. No.
900257679-9, cuyo objeto es Activar la Ruta Agroturís-
tica en la zona rural de la Localidad de Ciudad Bolívar
y la Ruta Bogotá Región en el circuito turístico Bogotá
– Sabana Oiccidente.”, instando a la vericación de las
observaciones realizadas por la Ocina Asesora de
Planeación y las observaciones de la Ocina Asesora
Jurídica de esta Secretaría en los ocios remisorios
adjuntos, los cuales hacen parte integral del presente
documento.
ARTÍCULO 2°. La presente Resolución surte efectos
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del
mes de diciembre de dos mil catorce (2014).
CARLOS FIDEL SIMANCAS NARVÁEZ
Secretario de Desarrollo Económico
EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
“TRANSMILENIO S.A.”
Resolución Número 896
(Diciembre 18 de 2014)
“Por la cual se modica la Resolución 412 del 26
de Septiembre de 2012 con el n de actualizar
caracterizaciones de procesos y susbprocesos y
los Indicadores de Gestión asociados a éstos”
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEA-
CIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL
TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”,
en ejercicio de sus facultades delegadas median-
te la Resolución 271 de Junio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo señalado en el artículo se-
gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS-
MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación
del servicio de transporte público masivo urbano de
pasajeros en el Distrito Capital y su área de inuencia,
bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.
Que mediante Acuerdo 002 de 2011 de la Junta Direc-
tiva de la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER
MILENIO – “TRANSMILENIO S.A.” se determinaron
las funciones de las dependencias.
Que es deber de las entidades del Estado ejercer “con-
trol de calidad sobre los bienes y servicios ofrecidos a
la comunidad”, de conformidad con los establecido en
el artículo 78 de la Constitución Política de Colombia.
Que a su vez el artículo 269 de la Constitución Política
de Colombia establece que las Entidades públicas es-
tán obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza
de sus funciones, métodos y procedimiento de control
interno, de conformidad con lo que disponga la Ley”.
que “la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla con fundamento en
los principios de igualdad, moralidad, ecacia, econo-
mía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la
descentralización, la delegación y la desconcentración
de funciones”. Igualmente, señala que “Las autorida-
des administrativas deben coordinar sus actuaciones
para el adecuado cumplimiento de los nes del Estado.
La administración pública, en todos sus órdenes, ten-
drá un control interno que se ejercerá en los términos
que señale la Ley.”
Que la Ley 87 de 1993 establece normas para el ejer-
cicio del control interno en las entidades y organismos
del Estado.
Que la Ley 872 de 2003 crea el Sistema de Gestión
de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público
y en otras entidades prestadoras de servicios.
Que el Decreto Nacional 4110 de 2004 en artículo 1
adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión
Pública NTCGP 1000:2004 y el Decreto 4485 de 2009,
la actualiza de versión convirtiéndola en la NTCGP
1000:2009.
Que el Decreto 1599 de 2005 del 20 de Mayo de 2005
“Por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control
Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005”
en su Artículo Primero establece la obligación de
adoptar el MECI 1000:2005.
Que por medio del Decreto 176 de 2010 la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C. dene los lineamientos para
la conformación articulada de un Sistema Integrado
de Gestión en las entidades del Distrito capital y se
asignan unas funciones.

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