Resolución 950, por la cual se autoriza al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Corporación Colegio Nacional de Abogados, Conalbos, para seguir funcionando - 30 de Enero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43170637

Resolución 950, por la cual se autoriza al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Corporación Colegio Nacional de Abogados, Conalbos, para seguir funcionando

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44692

DIARIO OFICIAL 44.692 RESOLUCIÓN 950 23/11/2001 por la cual se autoriza al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Corporación Colegio Nacional de Abogados, Conalbos, para seguir funcionando. El Ministro de Justicia y del Derecho, en uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas en los artículos 91 parágrafo 1° de la Ley 446 de 1998, 1° de la Resolución número 800 de 2000, y del Decreto 2618 de 2000 y 1° de la Resolución número 256 de 2001, y CONSIDERANDO: Que la Ley 446 de 1998 en sus artículos 91 y 113, faculta al Ministerio de Justicia y del Derecho para determinar los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas sin ánimo de lucro que aspiren a crear centros de conciliación y/o arbitraje; Que los centros existentes con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 446, deben adecuarse a aquellos requisitos; Que en desarrollo de esa facultad, se expidió la Resolución número 800 de 2000 que establece los requisitos para la creación de centros de conciliación y/o arbitraje y la obligación de cumplir estos nuevos requerimientos para permitir la continuidad del servicio de los centros de conciliación y/o arbitraje autorizados con anterioridad a la Ley 446 de 1998; Que Danilo Blanco de La Ossa, actuando en calidad de representante legal de la Corporación Colegio Nacional de Abogados, Conalbos, Seccional Bogotá, entidad sin ánimo de lucro a la cual se le autorizó el funcionamiento del Centro de Arbitraje y Conciliación de Corporación Colegio Nacional de Abogados, Conalbos, Seccional Bogotá mediante Resolución número 1253 del 30 de julio de 1991, solicitó por escrito ante este Ministerio de conformidad con lo establecido en la Resolución número 800 de 2000, la autorización para que el centro continúe funcionando; Que al revisar la documentación adjunta a la solicitud, se estableció que...

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