Resolución CREG 004-2004: Por la cual se modifica la Resolución CREG-017 de 2002, sobre mecanismos de verificación de la disponibilidad declarada de las plantas o unidades de generación. - Normativa - VLEX 841339373

Resolución CREG 004-2004: Por la cual se modifica la Resolución CREG-017 de 2002, sobre mecanismos de verificación de la disponibilidad declarada de las plantas o unidades de generación.

Número de resolución004-2004
Año2004
Fecha de publicación11 Abril 2006
PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Por la cual se modifica la Resolución CREG-017 de 2002, sobre mecanismos de verificación de la disponibilidad declarada de las plantas o unidades de generación.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,

C O N S I D E R A N D O:


Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene la facultad legal de establecer el Reglamento de Operación del Sistema Interconectado Nacional, de conformidad con lo establecido en las Leyes 142 y 143 de 1994;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus facultades legales, mediante la Resolución CREG-001 de 1996 creó un Cargo por Capacidad en el Mercado Mayorista de Electricidad, por un período de diez (10) años;

Que mediante la Resolución CREG-116 de 1996, modificada por las Resoluciones CREG-047 de 1999 y CREG-083 de 2000, se precisó el método de cálculo del Cargo por Capacidad en el Mercado Mayorista de Electricidad y se previó la verificación de los valores de los parámetros reportados por los agentes para el cálculo de dicho cargo.

Que mediante la resolución CREG-017 de 2002, la Comisión estableció los mecanismos de verificación de la disponibilidad declarada diariamente durante la estación de verano, por los agentes generadores, al Centro Nacional de Despacho, para todos sus efectos en el Mercado de Energía Mayorista

Que el Centro Nacional de Despacho – CND, mediante comunicación radicada en la CREG bajo el No. E – 2003 – 006816 de julio 15 de 2003, remitió a la Comisión la información relacionada con las cadenas, plantas o unidades de generación que han sido llamadas a pruebas de disponibilidad en aplicación de la Resolución 017 de 2002.

Que analizados los resultados de las pruebas practicadas de conformidad con la Resolución 017 de 2002, así como las diversas observaciones presentadas a la CREG por varias empresas generadoras y su agremiación, la Comisión consideró conveniente evaluar posibles ajustes a las normas contenidas en la mencionada resolución.

Que mediante Resolución CREG 088 de 2003 se sometió a consideración de los agentes y demás interesados, una propuesta de modificación de la Resolución CREG-017 de 2002, sobre mecanismos de verificación de la disponibilidad declarada de las plantas o unidades de generación.

Que, de acuerdo con los previsto en la Resolución CREG 088 de 2003, el plazo para la presentación de observaciones, comentarios y sugerencias venció en octubre 24 de 2003.

Que se recibieron comentarios de EMGESA, ISAGEN, EMCALI, EPM, EPSA, ACOLGEN y del MEM, los cuales fueron analizados según Documento CREG- 003 del 16 de enero de 2004.

Que mediante comunicación con radicación E 2003 009755 el CNO emitió sus opiniones sobre las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 088 de 2003, después de ser solicitado por la CREG en comunicación S-2003-003171 para ser oído de acuerdo a la Ley.

Que se encuentra conveniente verificar la disponibilidad declarada de las Cadenas, Plantas y/o Unidades de Generación tanto en la estación de verano como en la de invierno, considerando que las pruebas han demostrado ser un mecanismo eficaz para brindar información al mercado, establecer la disponibilidad real durante la operación del SIN, y dado que el cargo por capacidad se remunera a los agentes durante todo el año, entre otros.

Que se ha considerado conveniente realizar algunas modificaciones a las pruebas para mejorar las mismas, continuar generando mecanismos de información al mercado, y garantizar la eficiencia de las señales económicas en el mismo.

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión No. 230, del 16 de enero de 2004, aprobó las decisiones que aquí se adoptan.

R E S U E L V E


ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo 2o. de la Resolución 017 de 2002, el cual quedará así:

ARTICULO 2o. Realización de Pruebas de Disponibilidad de Cadenas, Plantas y/o Unidades de Generación. Durante la estación de verano definida en los términos de la Resolución CREG 025 de 1995 (Código de Operación), el Centro Nacional de Despacho –CND- semanalmente seleccionará un día de la semana escogido aleatoriamente de manera equiprobable, entre lunes y domingo.

Igualmente, durante la estación de invierno definida en los términos de la misma Resolución, el Centro Nacional de Despacho –CND– mensualmente seleccionará dos días del mes, escogidos aleatoriamente de manera equiprobable, entre el primer y el ultimo día del mes.

Para cada uno de los días seleccionados, como se define en el presente Artículo, se escogerá, en forma aleatoria, una Cadena, Unidad y/o Planta de generación declarada disponible para el respectivo día y no incluida en el despacho económico, de tal forma que la probabilidad de escogencia sea proporcional a la CRT asignada a cada una de las Cadenas, Plantas y/o Unidades que se encuentren en esas circunstancias, aplicando el algoritmo que a continuación se expresa, con el fin de realizar una prueba de disponibilidad de conformidad con las disposiciones establecidas en el Articulo 3o. de la presente.

N: Días que han transcurrido desde la última generación real mayor o igual al 95% de la capacidad efectiva neta de la planta, al menos durante dos periodos horarios consecutivos. El valor máximo de N será Z, el valor mínimo será uno (1).

Z: Número de días del respectivo mes en el cual se realiza la

prueba.

CRT: Capacidad Remunerable Teórica.

CRT*: Factor de escogencia que se aplica a cada uno de los recursos

de generación en los respectivos sorteos.

Algoritmo: CRT* = CRT x (N / Z).”

ARTICULO 2o. Modificar el Artículo 4º de la Resolución CREG-017 de 2002 y adicionar los parágrafos 3, 4, 5 y 6.

“ARTICULO 4o. Características de las Pruebas de Disponibilidad de Cadenas, Plantas y/o...

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