Resolución CREG 025-2001: Por la cual se recualcula el Cargo Promedio Máximo Unitario de Distribución (DT) aprobado a la empresa GAS NATURAL S.A. E.S.P. - Normativa - VLEX 841338732

Resolución CREG 025-2001: Por la cual se recualcula el Cargo Promedio Máximo Unitario de Distribución (DT) aprobado a la empresa GAS NATURAL S.A. E.S.P.

Número de resolución025-2001
Año2001
Por la cual se recalcula el cargo promedio máximo unitario de distribución Dt aprobado a la empresa Gas Natural S

Por la cual se recalcula el cargo promedio máximo unitario de distribución (Dt) aprobado a la empresa GAS NATURAL S.A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y

C O N S I D E R A N D O:

Que el Numeral 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible;

Que mediante Resolución CREG-079 de 1996 se definió el Cargo Promedio Máximo Unitario (Dt), a la empresa GAS NATURAL S.A. E.S.P.;

Que mediante la Resolución CREG-093 de 1997, la Comisión de Regulación de Energía y Gas definió el Subsistema de Transporte de la Sabana de Bogotá, como el subsistema compuesto por el gasoducto o red de gasoductos con ramales y conexiones asociadas, que se conecta al sistema troncal de transporte en la estación reguladora de puerta de ciudad de Cogua y atiende parte o la totalidad de los siguientes municipios: Zipaquirá, Cajicá, Tabio, Tenjo, Chía, Cota, Funza, Mosquera, Madrid, Bojacá, Zipacón, Facatativa, Sopó, Gachancipá y Tocancipá;

Que mediante comunicación de diciembre de 1997, radicación CREG 6076 de 1997, GAS NATURAL S.A. E.S.P. consultó sobre la posibilidad de suministrar gas a algunas industrias ubicadas en el área de servicio exclusivo del Altiplano Cundiboyacense, la cual fue negada con base en lo establecido en la Resolución CREG-057 de 1996 sobre separación de actividades;

Que mediante comunicación de agosto de 1998, radicación CREG 4499 de 1998, GAS NATURAL S.A. E.S.P. solicitó a la CREG la definición de Cargos por Uso y Cargos por Conexión a la Red de Alta Presión que conduce gas desde Cogua hasta Bogotá, Soacha y los municipios de la Sabana de Bogotá;

Que mediante comunicación MME-CREG-2072 de noviembre de 1998 se le informó a GAS NATURAL que, en la sesión del 6 de noviembre de 1998, se definió que la CREG procedería a fijar las tarifas a las que hubiere lugar, o al recálculo de las ya existentes, solamente en la medida en que GAS NATURAL diera cumplimiento a la Resolución CREG-057 de 1996;

Que en diciembre de 1998 se constituyó la empresa Transportadora Colombiana de Gas S.A. E.S.P. - TRANSCOGAS;

Que mediante comunicación del 29 de diciembre de 1998, radicación CREG 6797 de 1998, TRANSCOGAS S.A. E.S.P. presentó solicitud de tarifas para el Subsistema de Transporte de la Sabana de Bogotá, informando que en virtud de un contrato de arrendamiento, utilizaría la infraestructura existente de propiedad de GAS NATURAL S.A. E.S.P.;

Que la CREG, mediante comunicación MMECREG-2461 del 30 de diciembre de 1998, solicitó información a TRANSCOGAS S.A. E.S.P. con el objeto de aclarar la situación de la empresa frente al cumplimiento de la Resolución CREG-057 de 1996 y la Resolución CREG-071 de 1998;

Que la CREG, mediante comunicación MME CREG-0820 de mayo de 1999, informó a GAS NATURAL S.A. E.S.P., que en virtud del estudio sobre cargos de transporte para TRANSCOGAS S.A. E.S.P., se requería de ellos una comunicación solicitando el recálculo del cargo de distribución;

Que GAS NATURAL S.A. E.S.P., mediante comunicación de julio de 1999, radicación CREG 4075 de 1999, presentó la solicitud de recálculo del Cargo Promedio Máximo de Distribución (Dt);

Que la CREG, mediante comunicación MMECREG-0527 de febrero de 2000 solicitó concepto a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios sobre la constitución de la empresa TRANSCOGAS S.A. E.S.P., tal como lo señala el Artículo 22 de la Ley 142 de 1994, y en especial sobre el cumplimiento del...

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