Resolución CREG 034/95: Por la cual se señala el monto de la contribución de regulación que deben pagar las entidades reguladas por el año 1995.
Año | 1995 |
Número de resolución | 034/95 |
Por la cual se señala el monto de la contribución de regulación que deben
pagar las entidades reguladas por el año 1995
LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le
confieren los Artículos 85.2 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley
143 de 1994, y el Decreto 30 de 1995, y
C O N S I D E R A N D O :
Que para los efectos de recuperar los costos del servicio de regulación atribuído a la Comisión, los artículos 85.2 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley 143 de 1994, y el Decreto 30 de 1995, consagran una contribución de regulación cuya tarifa máxima no podrá ser superior al uno por ciento (1%) del valor de los gastos de funcionamiento, con exclusión de los factores contemplados en las Leyes 142 y 143 de 1994;
Que corresponde a la Comisión, señalar el monto de la contribución que se aplicará a cada una de las entidades sometidas a regulación, por el año de 1995, de conformidad con la normatividad que regula esta materia;
Que conforme a lo expuesto,
R E S U E L V E :
ARTICULO PRIMERO.- El monto total de la contribución que deben pagar las entidades sujetas a regulación por el año 1995, es del 0.14% del valor de los gastos de funcionamiento de la entidad sujeta a regulación, con exclusión de los factores en la Ley. El monto correspondiente a cada entidad será determinado con base en los estados financieros correspondientes al año 1994.
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ARTICULO SEGUNDO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.
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