Resolución CREG 102-2009: Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). - Normativa - VLEX 841335931

Resolución CREG 102-2009: Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL).

Número de resolución102-2009
Año2009
Fecha de publicación28 Octubre 2009

Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL).

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

C O N S I D E R A N D O:

Que de acuerdo con lo previsto en el Artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas;

Que mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL);

Que la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los Nos. E-2008-009860 y E-2008-010117 recibidas el día 10 y 14 de noviembre de 2008 respectivamente, sometió a aprobación de la Comisión los Costos Anuales por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1, correspondientes al Sistema de Transmisión Regional y al Sistema de Distribución Local que opera;

Que la Electrificadora del Meta S.A E.S.P. actualizó la solicitud de cargos mediante comunicación radicada en la CREG bajo el No. E-2009-001108 recibida el día 13 de febrero de 2009, considerando las modificaciones de las Resoluciones CREG 133 y 166 de 2008;

Que la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. reportó a la CREG los inventarios de activos eléctricos del STR y SDL que opera, clasificados según el listado de unidades constructivas que aparece en el Capítulo 5 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008;

Que la información relativa a los activos cuyo valor no debe incluirse en el cálculo de los cargos en los términos del artículo 87 numeral 87.9 de la Ley 142 de 1994, en la forma en que quedó modificado por el artículo 143 de la Ley 1151 de 2007, provino del OR por ser el responsable de su reporte en los términos de la citada disposición y de lo dispuesto en la Resolución CREG – 097 de 2008;

Que al interior de la Comisión se analizó la información presentada por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. conjuntamente con la información adicional de los activos de los STR y SDL operados por la misma, que se encontraba a disposición de la CREG;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo No. 7 de la Resolución CREG 097 de 2008, a través de la firma UT GPI & AIA Consultorías 2009 la Comisión realizó una verificación sobre la calidad de la información reportada por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. para la aprobación de cargos, siguiendo la metodología contenida en la misma norma;

Que mediante comunicaciones radicadas en la CREG E-2009-001209, E-2009-001236, E-2009-001249, E-2009-001423, E-2009-001802 y E-2009-003151, la firma UT GPI & AIA Consultorías 2009 presentó los informes de verificación de la calidad de la información reportada por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P., de los cuales se dio traslado a dicha empresa con el objeto de que ejerciera su derecho de defensa y se pronunciara sobre las diferencias de información relacionadas en los mencionados informes de verificación;

Que una vez revisados los informes de verificación de la calidad de la información, por parte de la CREG, se encontró necesario solicitar a la firma UT GPI & AIA Consultorías 2009, aclaración de la información presentada en sus respectivos informes;

Que mediante comunicación radicada en la CREG bajo los Nos. E-2009-003151 y E-2009-003168, la firma UT GPI & AIA Consultorías 2009, rindió las aclaraciones solicitadas, de las cuales se dio traslado al Operador de Red Electrificadora del Meta S.A E.S.P., con el objeto de que ejerciera su derecho de defensa;

Que la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los Nos. E-2009-001485, E-2009-002551, E-2009-002575, E-2009-003097, E-2009-003296, E-2009-005059, E-2009-005280, E-2009-005725, E-2009-006058, E-2009-006150, E-2009-006939, E-2009-007640, E-2009-007642, E-2009-007729, E-2009-007731, E-2009-008046, E-2009-008738, E-2009-008530, E-2009-008531, E-2009-008571 y E-2009-009020 presentó las aclaraciones solicitadas por la Comisión y se pronunció en relación con el informe de verificación de calidad de la información;

Que el día 25 de junio de 2009 se consultaron las cifras del Plan Único de Cuentas del Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se obtuvieron las correspondientes a Electrificadora del Meta S.A. E.S.P., para los años 2004, 2005, 2006 y 2007;

Que el día 18 de agosto de 2009 se consultó el sistema de costos y gastos del Sistema Único de Información, para la actividad de distribución y se obtuvieron los datos correspondientes a la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. para los años 2006 y 2007;

Que el día 28 de septiembre de 2009 se consultaron las cifras de ventas de energía de los comercializadores en el Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se obtuvieron las correspondientes al mercado del Operador de Red Electrificadora del Meta S.A. E.S.P.;

Que mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los E-2008-002270, E-2009-007874, E2009007875,...

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