Resolución número 061 de 2017, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Electrificadora del Meta S. A. E.S.P., contra la Resolución CREG 030 de 2017 - 23 de Agosto de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 692126041

Resolución número 061 de 2017, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Electrificadora del Meta S. A. E.S.P., contra la Resolución CREG 030 de 2017

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín50334

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y el artículo 41 ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los sistemas de transmisión regional (STR) y de distribución local (SDL).

En la Resolución CREG 102 de 2009 se aprobó el Costo Anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 y los Cargos Máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Electrificadora del Meta S. A. E.S.P., en el sistema de transmisión regional (STR) y en el sistema de distribución local (SDL) y con la Resolución CREG 025 de 2010 se resolvió el recurso de reposición interpuesto contra la primera.

Mediante la Resolución CREG 081 de 2013 la CREG aprobó modificar el Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 por la entrada en operación de la repotenciación y reconfiguración de las líneas Ocoa - Suria - Puerto López y Puerto López

- Puerto Gaitán, así como por la entrada en operación de la ampliación de la subestación Ocoa y la construcción de las subestaciones Suria y Puerto Gaitán 115 kV

Mediante la Resolución CREG 060 de 2015 se actualizó el Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 por la entrada en operación del tercer banco de transformadores (150 MVA) en la subestación Reforma 230/115 kV

Con la Resolución CREG 234 de 2015 se actualizaron los cargos máximos de los niveles de tensión 3 y 2 de la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P.

Mediante la Resolución CREG 030 de 2017 se actualizó el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 de los activos operados por Electrificadora del Meta S. A. E.S.P., por la entrada en operación de los bancos de compensación capacitiva en las subestaciones Ocoa (50 MVAr), Suria (37.5 MVAr) y Puerto Gaitán (5 MVAr).

La Electrificadora del Meta S. A. E.S.P., dentro de la oportunidad para la presentación de recurso de reposición contra la Resolución CREG 030 de 2017, mediante comunicación GD-PE-20174000111081 con radicado CREG E2017004281 del 3 de mayo de 2017, presentó una solicitud de revisión tarifaria respecto de los valores aprobados mediante la Resolución CREG 030 de 2017.

Independientemente de que el OR haya fundamentado la solicitud con base en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, habiendo analizado la misma, de parte de la Comisión se considera procedente dar el trámite a la misma como un recurso de reposición.

Lo anterior, teniendo en cuenta que la solicitud cumple con todos los postulados consagrados en el artículo 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA y de otra parte fue presentado dentro del término contemplado por el artículo 113 de la Ley 142 de 1994 para tal fin, habiéndose notificado la Resolución CREG 030 de 2017, el 25 de abril de 2017 y presentado el recurso el 3 de mayo del mismo año.

Los argumentos presentados por el solicitante son:

1.1. En el Documento CREG-017 25-03-17 Modificación Costo Anual nivel de Tensión 4 —+ EMSA S.A. E.S.P., numeral 4.2 literal b) para la subestación Suria, EMSA solicitó que se incluyeran 3 bahías de línea N4S3 que corresponden a barraje doble, considerando que la configuración es barraje sencillo, se debió haber incluido en el cálculo de activos que ingresan tres (3) bahías de línea correspondientes a la unidad constructiva N4S1.

1.2. En los activos que...

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