Resolución CREG 191-2020: ENERGÍA ELÉCTRICA - Base de activos de Intercolombia S.A. E.S.P - Normativa - VLEX 861713990

Resolución CREG 191-2020: ENERGÍA ELÉCTRICA - Base de activos de Intercolombia S.A. E.S.P

Año2020
Número de resolución191-2020
Fecha de publicación04 Marzo 2021

Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 191 DE 2020

( 1 OCT. 2020 )

Por la cual se actualiza la base de activos de Intercolombia S.A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y en el artículo 41, de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

En la Resolución CREG 011 de 2009 se estableció la metodología y fórmulas tarifarias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional.

Mediante la Resolución CREG 177 de 2013, modificada por las resoluciones CREG 167 de 2014 y 086, 169 y 233 de 2015, 059 y 065 de 2017, y 023 y 131 de 2019, se aprobó la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Intercolombia S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional.

El artículo 5 de la Resolución CREG 011 de 2009 establece:

Artículo 5. Determinación de los activos remunerables. La CREG aprobará mediante Resolución la base de activos a remunerar a cada uno de los TN, para lo cual cada empresa deberá reportar a la CREG, dentro de los 30 días calendario siguientes a la entrada en vigencia de esta Resolución, su inventario con los activos que se encuentran en operación, clasificados por Unidad Constructiva, informando si opera el activo en forma parcial o total y el valor o valores pagados por concepto de servidumbre. Con el inventario deberán reportar los activos de enlaces internacionales de Nivel de Tensión 4 que están siendo remunerados mediante cargos por uso.

Con la base de activos definida por la CREG el Liquidador y Administrador de Cuentas del Sistema de Transmisión Nacional liquidará y facturará los ingresos correspondientes a los TN, con la metodología definida en esta Resolución y aplicando las Compensaciones a que haya lugar conforme a lo establecido en el Artículo 17 y en el CAPÍTULO 4 del Anexo General de esta Resolución. La CREG podrá modificar la base de activos de un TN cuando la autoridad competente determine que alguno de sus activos limita la operación adecuada del Sistema.

Intercolombia S.A. E.S.P., mediante las comunicaciones con radicado CREG E2020-002764 y E2020-003306, solicitó a la Comisión la actualización de la base de activos, dado que algunas líneas han sido seccionadas para permitir la entrada en operación de nuevas subestaciones. Las líneas seccionadas y las nuevas subestaciones se muestran en la siguiente tabla:

Línea seccionada

Nueva subestación intermedia

Subestación inicial

Subestación final

Cerromatoso

San Carlos

Porce III

Esmeralda

San Felipe

La Enea

La Hermosa

La Virginia

Armenia

La Virginia

San Marcos

Cartago

San Bernardino

Yumbo

Alférez

Betania

Ibagué

Tuluní

A partir de las comunicaciones recibidas se verifica, para cada una de las líneas seccionadas, que la cantidad de unidades constructivas de la línea inicial, incluida en la base de activos aprobada, sea igual a la suma de las cantidades de unidades constructivas reportadas para las dos nuevas líneas resultantes. Esto hace que la valoración de la base de activos modificada no cambie y, por tanto, se mantiene igual el ingreso anual.

Con base en lo anterior, se procederá a actualizar la base de activos aprobada a Intercolombia S.A. E.S.P., manteniendo sin cambios los demás parámetros aprobados a este transmisor.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 1050 del 1 de octubre de 2020, aprobó actualizar la base de activos de Intercolombia S.A. E.S.P. y expedir la presente resolución.

R E S U E L V E:

Artículo 1. Actualizar la base de activos de Intercolombia S.A. E.S.P., aprobada en el artículo 3 de la Resolución CREG 177 de 2013.

  1. Se modifican los siguientes registros del numeral 2 Líneas de Transmisión de la base de activos del anexo de la Resolución CREG 177 de 2013, así:

No.

Código Línea

Subestación

Inicial

Subestación

Final

UC

Cantidad

PU

39

CERRSCAR5001

Cerromatoso

San Carlos

LI511

69,9281

0,0000

40

CERRSCAR5001

Cerromatoso

San Carlos

LI521

139,5688

0,0000

84

ESMESFEL2301

Esmeralda

San Felipe

LI212

0,7345

0,0000

85

ESMESFEL2301

Esmeralda

San Felipe

LI222

24,8712

0,0000

86

ESMESFEL2301

Esmeralda

San Felipe

LI232

23,0974

0,0000

131

LHERLVIR2301

La Hermosa

La Virginia

LI221

23,8479

0,0000

132

LHERLVIR2301

La Hermosa

La Virginia

LI231

3,2174

0,0000

148

LVIRSMAR2301

La Virginia

San Marcos

LI222

81,1971

0,0000

197

SBERYUMB2301

San Bernardino

Yumbo

LI221

0,1230

0,0000

198

SBERYUMB2301

San Bernardino

Yumbo

LI222

61,1820

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