Resolución dm número 0019 de 2022, por la cual se modifica el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Sector Antiguo de la ciudad de Popayán, declarado como bien de interés cultural del ámbito Nacional - 2 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 896466624

Resolución dm número 0019 de 2022, por la cual se modifica el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Sector Antiguo de la ciudad de Popayán, declarado como bien de interés cultural del ámbito Nacional

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín51936

La Ministra de Cultura, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el Numeral 1 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997 (modificada por el artículo 7º de la Ley 1185 de 2008), y el Decreto 1080 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 2432 de 24 de noviembre de 2009, el Ministerio de Cultura aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP), del Sector Antiguo de Popayán y su zona de influencia, declarado bien de interés cultural del ámbito Nacional, en el cual se establecieron las acciones necesarias para garantizar la protección, conservación y sostenibilidad del sector.

Que mediante la Resolución 098 del 28 de enero de 2011, se modificó la Resolución 2432 del 24 de noviembre de 2009, en lo correspondiente al plano F-14.

Que mediante la Resolución número 2401 del 6 de agosto de 2014, el Ministerio de Cultura modificó, adicionó y aclaró la Resolución 2432 del 24 de noviembre de 2009, en especial lo relativo a los artículos 34, 35, 36, 49, 52, 58, 76, 80, 91, 97 y 98, así como en lo que atañe a la modificación del Plano F-14.

Que mediante la Resolución 2430 del 14 de agosto de 2015 se modificó la Resolución 2401 del 6 de agosto de 2014, en lo que atañe a la modificación de los niveles de intervención de ocho inmuebles de la ciudad de Popayán.

Que mediante la Resolución 3550 del 11 de diciembre de 2015, se modificó la Resolución 2432 del 24 de noviembre de 2009, en lo que respecta a la modificación de los niveles de intervención de las edificaciones ubicadas en el predio de la Industria Licorera del Cauca.

Que mediante la Resolución 3669 del 23 de diciembre 2015, se modificó la Resolución 2401 del 6 de agosto de 2014 en Lo relativo al artículo 13 correspondiente a La infraestructura de Las redes de telecomunicaciones.

Que mediante la Resolución número 3205 de 29 de noviembre de 2016, el Ministerio de Cultura aclaró el artículo 4º de la Resolución 2401 de 2014, el cual modificó el artículo 8º. Niveles Permitidos de Intervención de la Resolución 2432 de 2009.

Que mediante la Resolución 045 del 16 de enero de 2017, se modificó la Resolución 2401 del 6 de agosto de 2014, en Lo relativo a la modificación parcial de los usos del predio Galería Bolívar y del Hospital Universitario San José.

Que mediante la Resolución 3146 del 25 de octubre de 2017, se modificaron Las Resoluciones 2432 del 24 de noviembre de 2009 y la Resolución 2401 del 6 de agosto de 2014, en lo relativo a La aclaración de la norma permitiendo unos usos en un predio ubicado en el área afectada.

Que mediante la Resolución número 4386 de 28 de diciembre de 2018, el Ministerio de Cultura corrigió la Resolución 3205 de 29 de noviembre de 2016.

Que mediante la Resolución 1800 del 22 de septiembre de 2020, se modificó la Resolución 2432 del 24 de noviembre de 2009, en lo relativo a la modificación del anexo 4.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.4.1.1.15 del Decreto 1080, toda modificación al Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) deberá surtir el procedimiento establecido para La presentación y aprobación de estos, y deberá contener:

  1. Justificación de La modificación: Documento que soporte la modificación con La información urbanística y el diagnóstico respectivo y la cartografía georreferen-ciada, de ser necesario.

  2. Propuesta: Consiste en definir específicamente la modificación planteada al PEMP, justificar la necesidad de la modificación planteada del PEMP y Los beneficios que aporta a la protección del BIC. Se debe consignar en un documento técnico de soporte y cartografía georreferenciada, de ser necesario; de igual manera, propuesta concreta de los artículos del Acto Administrativo objeto de modificación. (subrayado fuera de texto).

  3. Aprobación: Debe surtir el procedimiento establecido por el Ministerio de Cultura para la presentación y la aprobación de los PEMP.

Los documentos que soportan la modificación con La información urbanística y el diagnóstico respectivo...

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