Resolución Ejecutiva 58 - 1 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43175349

Resolución Ejecutiva 58

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44786

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren el artículo 48 de la Ley 200 de 1995 y los Decretos 2145 de 1999 y 2539 de 2000 y la Directiva Presidencial número 04 de octubre 20 de 2000,

ANTECEDENTES

  1. Objeto de la investigación

    Se procede a decidir de fondo el proceso disciplinario adelantado contra el señor Hilario José Ariza Gómez, quien se desempeña como jefe de Control Interno del Ministerio de Educación Nacional.

  2. Origen de la investigación

    La Procuraduría Segunda Distrital de Bogotá, por auto de 9 de mayo de 2001, ordenó remitir el Expediente número 143-51873/01 contentivo del proceso disciplinario adelantado contra el jefe de Control Interno del Ministerio, doctor José Hilario Ariza Gómez, al Secretario General del Ministerio de Educación Nacional, mediante el Oficio número 3524 de 11 de mayo de 2001, por la supuesta irregularidad consistente en el abandono del cargo durante los días 28 de diciembre (en las horas de la tarde) y 29 de diciembre de 2000 y 2, 3 y 4 de enero de 2001, previa denuncia de la señora Lucy Eljenies.

  3. Hechos materia de investigación

    Que el servidor José Hilario Ariza Gómez, Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno del Ministerio de Educación Nacional, se ausentó del trabajo durante los días 28 de diciembre (en las horas de la tarde) y 29 de diciembre de 2000 y los días 2, 3, y 4 de enero de 2001.

  4. Actuación procesal

    Por auto de 7 de noviembre de 2001, el cual fue notificado personalmente al disciplinado el día 20 del mismo mes y año, se anuló el proceso disciplinario contra el doctor Hilario José Ariza Gómez a partir del Auto de Investigación Preliminar, para lo cual se ordenó en su lugar reponer las actuaciones desde dicho Auto conservando su validez las pruebas legalmente practicadas.

    La Secretaría General del Ministerio de Educación Nacional, mediante auto de 20 de noviembre de 2001, ordenó reponer las actuaciones desde el Auto de Investigación Preliminar, para lo cual ordenó una nueva indagación preliminar.

    El 26 de noviembre de 2001, la Secretaria General del Ministerio de Educación Nacional presentó el informe de Diligencias Preliminares en el que se concluye que, el doctor Ariza Gómez, faltó o dejó de asistir al trabajo los días 28 (en horas de la tarde) y 29 de diciembre de 2000 y los días 2, 3 y 4 de enero de 2001, configurándose la conducta en abandono del cargo.

    Por auto de 6 de diciembre de 2001, se abrió investigación disciplinaria contra el citado servidor público en su calidad de jefe de Oficina Asesora de Control Interno 0137‑16, se solicitaron al Grupo de Asistencia Laboral del Ministerio, los antecedentes laborales disciplinarios internos del doctor Ariza Gómez y esta misma petición a la Procuraduría General de la Nación sobre los antecedentes disciplinarios.

    Por autos de 12 de diciembre de 2001, se ordenó la expedición de copias del expediente solicitadas por el disciplinado, así como la práctica de diligencia de ampliación de versión libre rendida por él mismo, previa comisión al Coordinador del Grupo de Control Interno Disciplinario.

    Mediante auto del 13 de diciembre de 2001, la Secretaría General del Ministerio de Educación formuló auto de cargos al doctor Hilario José Ariza Gómez, por incurrir en falta gravísima conforme al numeral 8° del artículo 25 del Código Disciplinario Unico.

    El disciplinado presentó descargos ante la Secretaría General del Ministerio, por escrito del 28 de diciembre de 2001, solicitando, entre otras, la práctica de algunas pruebas, como la ampliación de las declaraciones rendidas por la secretaria y una ex funcionaria de la dependencia de Control Interno, inspección ocular a la dependencia del área de personal y al libro de radicaciones de la misma área y antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación.

    Por autos del 16 y 21 de enero de 2000 se ordenó la práctica de las pruebas solicitadas en el escrito de descargos.

    La Secretaria General del Ministerio de Educación Nacional, por Resolución 264 del 18 de febrero de 2002, resolvió sancionar con destitución del cargo de Jefe de la Oficina de Control Interno y como sanción accesoria la inhabilidad para ejercer funciones públicas por el término de dos (2) años.

    Contra la anterior resolución el disciplinado interpuso oportunamente el recurso de apelación, argumentando que está totalmente probado que el hecho endilgado no existió, porque es imposible jurídicamente abandonar un cargo estando en vacaciones, por lo cual pide se revoque el acto administrativo y se le exonere de la falta disciplinaria.

    Mediante auto del 27 de febrero de 2002, la Secretaría General del Ministerio de Educación Nacional, concedió el recurso de apelación contra la Resolución número 1823 de 16 de agosto de 2001 y ordenó remitir el expediente al competente.

  5. De las pruebas

    En el curso del proceso disciplinario se allegaron las siguientes pruebas:

  6. Oficios números CID 0046‑01 a 0050‑01 de fecha 8 de marzo de 2001, suscrito por el Coordinador de Control Interno Disciplinario (folios 9‑13).

  7. Declaración juramentada de 12 de marzo de 2001 rendida por Luz Clemencia Ojeda Cifuentes, funcionaria del Ministerio de Educación Nacional (fl. 14).

  8. Declaración juramentada de 12 de marzo de 2001 rendida por Carmen Alicia Santos Espitia Funcionaria del Ministerio de Educación Nacional (fl. 15).

  9. Declaración juramentada de 12 de marzo de 2001 rendida por Ana Victoria Navarro Bellido, Funcionaria del Ministerio de Educación Nacional (fl. 16‑20).

  10. Declaración juramentada de 13 de marzo de 2001 rendida por Jazmine de los Dolores Niño García, funcionaria del Ministerio de Educación Nacional (fls. 21 a 22).

  11. Oficio número CID 0057‑01 de 13 de marzo de 2001, suscrito por el Coordinador de Control Interno Disciplinario (fl. 23).

  12. Oficio CID 0058‑01 de 13 de marzo de 2001, suscrito por el Coordinador de Control Interno Disciplinario (fl. 24).

  13. Declaración juramentada de 13 de marzo de 2001 rendida por María Ruth Ureña Trujillo, Funcionaria del Ministerio de Educación Nacion al (fl. 25).

  14. Oficio sin número del 12 de marzo de 2001, suscrito por el Coordinador Grupo Asistencia Jurídico‑Laboral (fls. 23 a 26).

  15. Oficio sin número de 13 de marzo de 2001, suscrito por el Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno (fls...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR